lunes, 10 de mayo de 2010

EN LA PANTALLA "DETALLE DE OTROS BIENES DE USO", ¿DEBO INGRESAR LA INFORMACIÓN DETALLADA POR CADA UNO DE ESTOS BIENES?


La AFIP informa en su página web, como respuesta a la consulta ID 12764545 Evento 2494, que la información detallada de bienes de uso se limita sólo para aquellos contribuyentes que deban registrar bienes que gocen del beneficio de la amortización acelerada o que los hayan adquirido a partir de la exteriorización contemplada en la ley 26476.
En tal sentido, de tratarse de bienes no contemplados en el párrafo anterior, podrán informarse en forma global, con fecha de incorporación al patrimonio XX/2009, siendo XX el mes de cierre del ejercicio fiscal, e indicando en el campo Denominación la descripción Otros, y luego informando el resto de los campos acorde a la realidad del contribuyente.
En el aplicativo se deberá ingresar en forma manual a través de la pantalla Bienes de Uso, ventana Otros Bienes de Uso, botón Detallar. En la pantalla Detalle es donde se incorpora el registro global de los ítems, informando en el campo Fecha de incorporación al patrimonio el mes y año de ejercicio fiscal, en el campo Descripción del Bien la descripción Otros, y luego los campos Importe Amortización del Período y Valuación según impuesto a las ganancias, con los datos acordes a la realidad del contribuyente, la que procede de su sistema de información contable a fines impositivos.
Asimismo, se recuerda que los registros de bienes al inicio se incorporan a valor residual (neto de amortización) partiendo del balance contable y que, a su vez, el aplicativo realiza actualmente el traslado a Resultados de las amortizaciones del ejercicio.
Fuente: CIT AFIP