lunes, 15 de noviembre de 2010

La factura electrónica será obligatoria para los operadores de turismo

Los nuevos obligados deberán registrar reservas hoteleras, estadías en tiempo compartido y ventas realizadas por agencias mayoristas y minoristas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) obligará -a partir de 2011- a facturar de manera electrónica a los operadores vinculados con el turismo y la hotelería.
La decisión fue dada a conocer a través de la resolución 2959 publicada en el Boletín Oficial.
De acuerdo a la flamante normativa, se ven alcanzados los sujetos responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado que realicen las siguientes actividades:
  • Servicios de reservas hoteleras realizados a nombre de terceros, prestados por personas físicas o jurídicas, a cambio de un beneficio económico.
  • Venta de períodos de uso en sistemas turísticos de tiempo compartido.
  • Ventas realizadas por agencias mayoristas y minoristas de viajes y turismo.
A su vez, la nueva reglamentación establece que se deberán emitir:
  • Facturas clase "A".
  • Notas de crédito y notas de débito clase "A".
  • Facturas clase "B".
  • Notas de crédito y notas de débito clase "B".
 Los sujetos obligados ya pueden solicitar la incorporación al régimen de factura electrónica a partir del próximo miercoles.