La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) obligará -a partir de 2011- a facturar de manera electrónica a los operadores vinculados con el turismo y la hotelería.
La decisión fue dada a conocer a través de la resolución 2959 publicada en el Boletín Oficial.
De acuerdo a la flamante normativa, se ven alcanzados los sujetos responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado que realicen las siguientes actividades:
- Servicios de reservas hoteleras realizados a nombre de terceros, prestados por personas físicas o jurídicas, a cambio de un beneficio económico.
- Venta de períodos de uso en sistemas turísticos de tiempo compartido.
- Ventas realizadas por agencias mayoristas y minoristas de viajes y turismo.
- Facturas clase "A".
- Notas de crédito y notas de débito clase "A".
- Facturas clase "B".
- Notas de crédito y notas de débito clase "B".