martes, 30 de noviembre de 2010

Servicio Doméstico. Ahora pueden verificar el cumplimiento de sus obligaciones por internet

Se informa que los trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico disponen de una nueva herramienta para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Mediante el servicio “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se accede con Clave Fiscal, se podrá:

Los sujetos que se incorporan al ámbito de aplicación de la Resolución General N° 2958 y su complementaria, en virtud de esta modificación, deberán: a)

Visualizar y conocer la información relativa a los pagos de aportes y contribuciones e intereses y los saldos registrados correspondientes al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, ordenados por período mensual y concepto.

b)

Calcular los intereses adeudados a una fecha determinada, respecto de los pagos registrados fuera de término.

c) Imprimir los volantes de pago F. 102/B y/o F. 575/B para la cancelación de intereses, según correspondan a obligaciones del dador de trabajo o a pagos voluntarios del trabajador, respectivamente.

Adicionalmente, se aprueban nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones







Tenga en cuenta que:



Los trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, que se encuentren en condiciones de iniciar los trámites para la obtención de un beneficio previsional o un reconocimiento de servicios, deberán utilizar el sistema informático denominado "SICAM - Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas” (al que se accede mediante Clave Fiscal), a efectos de determinar la deuda correspondiente a aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)







Se informa que los trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico disponen de una nueva herramienta para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Mediante el servicio “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se accede con Clave Fiscal, se podrá:






Los sujetos que se incorporan al ámbito de aplicación de la Resolución General N° 2958 y su complementaria, en virtud de esta modificación, deberán:



a)

Visualizar y conocer la información relativa a los pagos de aportes y contribuciones e intereses y los saldos registrados correspondientes al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, ordenados por período mensual y concepto.

b)

Calcular los intereses adeudados a una fecha determinada, respecto de los pagos registrados fuera de término.

c) Imprimir los volantes de pago F. 102/B y/o F. 575/B para la cancelación de intereses, según correspondan a obligaciones del dador de trabajo o a pagos voluntarios del trabajador, respectivamente.





Adicionalmente, se aprueban nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones



Más información Ingrese aquí.







Tenga en cuenta que:


Se informa que los trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico disponen de una nueva herramienta para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Mediante el servicio “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se accede con Clave Fiscal, se podrá:






Los sujetos que se incorporan al ámbito de aplicación de la Resolución General N° 2958 y su complementaria, en virtud de esta modificación, deberán:



a)

Visualizar y conocer la información relativa a los pagos de aportes y contribuciones e intereses y los saldos registrados correspondientes al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, ordenados por período mensual y concepto.

b)

Calcular los intereses adeudados a una fecha determinada, respecto de los pagos registrados fuera de término.

c) Imprimir los volantes de pago F. 102/B y/o F. 575/B para la cancelación de intereses, según correspondan a obligaciones del dador de trabajo o a pagos voluntarios del trabajador, respectivamente.





Adicionalmente, se aprueban nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones.


Los trabajadores comprendidos en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, que se encuentren en condiciones de iniciar los trámites para la obtención de un beneficio previsional o un reconocimiento de servicios, deberán utilizar el sistema informático denominado "SICAM - Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas” (al que se accede mediante Clave Fiscal), a efectos de determinar la deuda correspondiente a aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)