viernes, 8 de abril de 2011

Ganancias y/o Bienes Personales: Declaraciones juradas determinativas para Personas Físicas.

Sujetos obligados a presentar declaraciones juradas en el mes de Abril:

Obligados a presentar declaración jurada del Impuesto a las Ganancias (F.711 – Nuevo Modelo)
Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto,
Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad y no se encuentren adheridos al monotributo por esa actividad
Obligados a presentar declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales (F.762/A)

Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto
Quienes al 31 de Diciembre del año anterior posean bienes que –valuados según la normativa vigente- superen los $ 305.000.

IMPORTANTE: Si cuentan con participaciones en sociedades (con acciones de empresas) con mes de cierre 12 que no cotizan en bolsa o mercado de valores deben considerar los vencimientos establecidos para el mes de mayo que se recordarán mas adelante.

Cómo confeccionar las Declaraciones Juradas del Período Fiscal 2010:


Para confeccionar las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias (F.711 – Nuevo Modelo) y del impuesto sobre los bienes personales (F.762/A), deberán utilizar el Sistema Aplicativo “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales”, podrá descargarlo ingresando aquí

Recuerde que para utilizar el aplicativo "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales", deberá contar previamente con el SIAp, Sistema Integrado de Aplicaciones instalado en la computadora.
Si no posee el S.I.Ap. instalado en la computadora, podrá descargarlo ingresando aquí y posteriormente deberá instalar el programa aplicativo “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales”.


Para conocer como realizar la instalación del S.I.Ap. u otros programas aplicativos y cómo utilizar el S.I.Ap., podrá consultar la siguiente Guía Paso a Paso.

Tenga en cuenta que para efectuar la confección de la declaración jurada de Ganancias deberá contemplar los lineamientos previstos en la Resolución General N° 3.061. Para acceder a un breve detalle referido a su aplicación, ingrese aquí.

Aplicativos: ¿Cómo se realiza la descarga e instalación?
Si solo se encuentra obligado a presentar la declaración jurada del impuesto sobre los Bienes Personales (F.762/A) podrá acceder a visualizar la siguiente Guía Paso a Paso que lo guiará en la confección de la misma:

Bienes Personales:

¿Cómo generar y presentar la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales?

Asimismo podrá acceder a la descarga del instructivo completo para la utilización del aplicativo "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales”, ingresando aquí.

Cómo presentar las Declaraciones Juradas:

Las declaraciones juradas generadas por el Aplicativo “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales” (F.711 – Nuevo Modelo y F.762/A) deberán ser presentadas mediante la transferencia electrónica de datos, ingresando con su Clave Fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Podrá acceder a visualizar la siguiente Guía Paso a Paso que contiene la secuencia de pasos para la presentación de las declaraciones juradas por Internet:

Presentación web: ¿Cómo presentar las declaraciones Juradas por Internet?

Cómo efectuar el pago del saldo resultante de las Declaraciones Juradas:
Si, al generar las declaraciones juradas, las mismas arrojan un salgo a ingresar, deberán efectuar el pago según se detalla para cada caso: -

Grandes Contribuyentes: únicamente mediante transferencia electrónica de fondos, generando un Volante Electrónico de Pago.

Ver pasos para la generación de un VEP 

Resto de Contribuyentes: podrán optar por realizar el pago mediante alguna de las siguientes modalidades:

1- Mediante transferencia electrónica de fondos, generando un Volante Electrónico de Pago.
Ver pasos para la generación de un VEP

2- En efectivo, dirigiéndose personalmente a Entidades Bancarias habilitadas (aceptan también Cheques Propios, Financieros y Cancelatorios), Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pagos. Recuerde que deberá presentar el Formulario N° 799/E debidamente cubierto.
Busque la entidad más cercana a su domicilio.

3- Efectuando el pago en cajeros automáticos de la red Link o Banelco

4- Utilizando su tarjeta de crédito: podrá efectuar el pago telefónicamente o adherir al débito automático.
Más información sobre cómo pagar:[Ganancias] / [Bienes Personales]

Cómo efectuar el pago del saldo resultante de las Declaraciones Juradas en cuotas:
La solicitud para la cancelación del saldo resultante en cuotas de acuerdo con lo previsto en la Resolución General N° 981/01, se realiza desde el Aplicativo “Ganancias Personas Físicas y Bines Personales”, pero requiere la instalación previa del aplicativo “RG 984”.Para informar los datos para la solicitud del plan, en forma previa a la generación de la declaración jurada que cuyo saldo abonará en cuotas, deberá:
-

Para el impuesto a los Bienes Personales: seleccionar el ítem “Determinación del Impuesto sobre los Bienes Personales” y luego ingresar a “Forma de Ingreso” Detallar “Forma de Ingreso”.

- Para el impuesto a las Ganancias: seleccionar el ítem “Determinación del Saldo del Impuesto a las Ganancias”, detallar “Saldos a Pagar”

Luego deberá presionar el botón “Nuevo” y tildar el casillero “Solicitar Facilidades de Pago” presionar el botón “Detallar Plan” y completar la información requerida para el plan.



IMPORTANTE: Podrá acceder a las Consultas y Respuestas frecuentes relacionadas con este plan de pagos, ingresando aquí.

Fechas de Vencimiento:
Presentación de las Declaraciones Juradas (F. 711 – Nuevo Modelo y F.762)
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento

0-1 14/04/2011

2-3 15/04/2011

4-5 18/04/2011

6-7 19/04/2011

8-9 20/04/2011


Ingreso del saldo resultante:
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento

0-1 15/04/2011

2-3 18/04/2011

4-5 19/04/2011

6-7 20/04/2011

8-9 25/04/2011

Servicios implementados por la AFIP para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones -

Suscríbase para recibir, en su celular, mensajes de alerta informándole sobre los vencimientos del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y sobre cambios normativos a dichos impuestos.

Este servicio requiere el ingreso con “Clave Fiscal” para la solicitud. Para conocer los pasos para utilizar este servicio podrá consultar la GUIA PASO A PASO: ¿Cómo me suscribo para comenzar a recibir alertas e información directamente en mi celular? . Recuerde que para recibir en su celular información relacionada con vencimientos y novedades del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales la temática que deberá seleccionar es “Ganancias y Bienes”.

- Simulador de Ganancias y Bienes: si usted desea conocer si le corresponde presentar o no la declaración jurada, y en caso afirmativo cuál es el importe que debe abonar, puede realizar una simulación de su situación, accediendo al Simulador del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Para más información podrá consultar: 

Micrositio “Ganancias y Bienes Personales – Personas Físicas”

- Agenda de Vencimientos


http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/gananciasBienes2011.asp