miércoles, 7 de julio de 2010

Vence plazo para cumplir con el registro online de empleadores porteños

Las compañías deben dar los datos correspondientes al año pasado. Desde el Gobierno local explicaron las claves para atender a estas exigencias laborales

Las empresas porteñas entran en tiempo de descuento. Resta una semana, para que los empleadores radicados en la Ciudad de Buenos Aires completen el registro online impulsado por el jefe de Gobierno, Mauricio Macri.
El polémico régimen, adelantado en exclusiva por iProfesional.com, fue relanzado luego de que se eliminara la obligación de informar sobre las adicciones de los empleados. El marco legal original obligaba a las empresas a revelar, por ejemplo, si un trabajador tenía problemas de alcoholismo, utilizaba drogas o era adicto a los juegos de azar.

Oportunamente, los especialistas consultados por este medio destacaron la gravedad de la iniciativa ya que constituía una verdadera violación de la privacidad. (Lea más: Macri lanzó un "Gran Hermano" en las empresas para espiar a los empleados).

Datos requeridos

A fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de la reformulada obligación laboral, el Gobierno porteño puso a disposición de las compañías un instructivo en donde explica las claves del cuestionado régimen.
Dicho régimen de información, puesto en marcha por el decreto 625/2009, obliga a informar –entre otros- los siguientes aspectos:
Datos generales de los empleadores: actividades económicas, domicilio fiscal, datos de registración y CUIT.
Cantidad de empleados y establecimientos que posee la compañía en la Ciudad de Buenos Aires.
Tipo de contrato de los trabajadores.
Lugar de residencia de los empleados.
El requerimiento recae –puntualmente- sobre los empleadores con domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires así como sobre aquellos que posean establecimientos localizados en el distrito.
Una vez cumplimentado el trámite, las empresas obtendrán una constancia anual que deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de la documentación laboral, o cada vez que un inspector del ministerio del Trabajo porteño la requiera.
Complementariamente, la guía de preguntas y respuestas publicada por el Gobierno de la Ciudad aclara diversos aspectos específicos. En primer lugar, el instructivo advirtió que los datos ingresados al sistema sólo podrán modificarse hasta que finalice el período de carga.
En igual sentido, el Ejecutivo local aclaró que si la empresa inició sus actividades durante lo que va del 2010 no debe registrarse ya que los datos requeridos corresponden a los empleados que hayan trabajado durante el año pasado.
Asimismo, las compañías deberán volcar los datos referidos a trabajadores con modalidad de contrato eventual que formen parte de la empresa al 31 de diciembre de pasado.
Por el contrario, los pasantes no tendrán que ser informados. Igual suerte siguen los empleados que lleven adelante servicios que fueron tercerizados por la empresa puesta bajo la mira del Gobierno porteño.
En relación al nivel de datos a declarar, el instructivo precisó que las compañías no tendrán que dar dato alguno respecto a los empleados que se desempeñen fuera de la Ciudad de Buenos Aires.
“Sólo consignarán la modalidad de contratación y el sexo de los empleados que se localicen en la Ciudad de Buenos Aires”, precisó la guía.