viernes, 13 de agosto de 2010

Buenos Aires. Ingresos brutos. Sellos. Inmobiliario. Automotores. Regímenes de regularización. Extensión de su vigencia

Se extiende hasta el 31/8/2010 la vigencia de los siguientes regímenes de regularización: 
* Régimen de facilidades de pago del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores que se encuentren en instancia de ejecución judicial, según lo dispuesto por la resolución normativa (ARBA Bs. As.) 24/2010 
* Régimen de facilidades de pago para agentes de recaudación, dispuesto por resolución normativa (ARBA Bs. As.) 25/2010 
* Régimen de de regularización de deudas vencidas o devengadas al 31/12/2009 que no se encuentren en instancia de ejecución judicial ni en instancia de fiscalización, determinación o discusión administrativa respecto del impuesto sobre los ingresos brutos, sellos, inmobiliario y automotores, según lo dispuesto por resolución normativa (ARBA Bs. As.) 40/2010 
* Régimen de regularización de deudas por el impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos que se encuentren en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión en sede administrativa siempre que se realice la adhesión con posterioridad a los 60 días corridos contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución determinativa pertinente en la Web, según lo dispuesto por resolución normativa (ARBA Bs. As.) 35/2010 
* Régimen de regularización por deudas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos que se encuentren en proceso de fiscalización o de determinación de oficio, dispuesto por resolución normativa (ARBA Bs. As.) 43/2010



VISTO:
Que por expediente 2360-0274769/10, se propicia extender la vigencia de los distintos regímenes de regularización dispuestos por las resoluciones normativas 24/2010, 25/2010 y sus prórrogas, y las resoluciones normativas 35/2010, 40/2010 y 43/2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución normativa 24/2010 se instituyó un régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas en instancia de ejecución judicial, provenientes de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, prorrogado en su vigencia hasta el 31 de julio de 2010 por resolución normativa 39/2010;
Que por otra parte, la resolución normativa 25/2010 dispuso un régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, cuya vigencia ha sido prorrogada hasta el 31 de julio de 2010 por resolución normativa 41/2010;
Que asimismo mediante la resolución normativa 40/2010 se estableció hasta el 31 de julio de 2010, un régimen de regularización de deudas para los contribuyentes de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa;
Que la resolución normativa 35/2010, instrumentó hasta el 31 de julio de 2010, un régimen de regularización para los contribuyentes de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, para aquellos contribuyentes que efectúen el acogimiento con posterioridad a los sesenta (60) días corridos contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución determinativa en la página web de esta Autoridad de Aplicación, y hasta el inicio de las acciones judiciales (Etapa III);
Que finalmente, la resolución normativa 43/2010, ha hecho lo propio en relación a los acogimientos realizados desde que exista una liquidación de diferencias efectuada por el agente fiscalizador y hasta los sesenta (60) días corridos contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución determinativa en la página web de esta Agencia (Etapas I y II);
Que en esta oportunidad, razones de administración tributaria llevan a estimar conveniente extender la vigencia de estos regímenes, con igual alcance, modo y condiciones a los establecidos en las normas citadas;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en la ley 13766;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1 - Extender, hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia del régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas en instancia de ejecución judicial, provenientes de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, establecido en la resolución normativa 24/2010 y su prórroga 39/2010.
Art. 2 - Extender, hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia del régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, establecido en la resolución normativa 25/10 y su prórroga 41/2010.
Art. 3 - Extender, hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia del régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas correspondientes a los contribuyentes de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, establecido en la resolución normativa 40/2010.
Art. 4 - Extender, hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia del régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas correspondientes a los contribuyentes de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, con deuda sometida a proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecido en las resoluciones normativas 35/2010 y 43/2010.
Art. 5 - De forma.