Se prorrogan las fechas de vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas referidas al régimen de recaudación y control sobre acreditaciones bancarias (SIRCREB), correspondientes a la tercera decena del mes de febrero.
Por su parte, también se prorrogan los vencimientos para la presentación y el pago de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal febrero 2011 para los agentes de retención y percepción incluidos en el SIRCAR.
VISTO: Las resoluciones generales 9/2010 y 11/2010; y CONSIDERANDO:
Que es necesario modificar las fechas de vencimiento para la presentación de declaraciones juradas y pago del impuesto sobre los ingresos brutos para los agentes de recaudación incluidos en los sistemas SIRCREB y SIRCAR, que operan en la primera quincena del mes de marzo del corriente año, exclusivamente,
Por ello; LA COMISIÓN ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18/8/1977) RESUELVE:
Art. 1 - Prorrogar las fechas de vencimiento para presentación de declaraciones juradas y pago referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras, correspondientes a la tercera decena del mes de febrero del año 2011, según se detalla a continuación: