lunes, 21 de marzo de 2011

Regímenes Especiales. Educación técnica. Régimen de crédito fiscal. Aprobación del reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos para capacitación -año 2011-

RESOLUCIÓN (Sec. Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional) 21/2011

Se aprueba el reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos destinados a capacitación -año 2011-, correspondiente al régimen de crédito fiscal -dispuesto en el marco de la L. 22317- para las micro, pequeñas y medianas empresas.


VISTO:
El expediente S01:0063248/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, lo dispuesto en las leyes 22317, 24467, 24624, 25300 y 26546 prorrogada por el decreto 2053/2010 y complementada por el decreto 2054/2010, los decretos 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010, y la disposición 389 de fecha 29 de setiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del decreto 919 de fecha 28 de junio de 2010, se creó el MINISTERIO DE INDUSTRIA y el MINISTERIO DE TURISMO, con las competencias allí establecidas para cada uno de ellos.
Que como consecuencia de ello, se dictó el decreto 964 de fecha 1 de julio de 2010, mediante el cual se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada del MINISTERIO DE INDUSTRIA, hasta el nivel Subsecretaría, asignándole a la actual SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las leyes 24467 y 25300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que por la ley 22317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que por el artículo 27, cuarto párrafo, de la ley 24624, se modifica el Régimen mencionado precedentemente, haciéndolo extensivo a todas las personas de existencia visible o ideal que desarrollen actividades económicas.

Que las destinatarias de los beneficios derivados de este Régimen son las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el fin de que, a través de la capacitación, promuevan su crecimiento y desarrollo, resultando política prioritaria del Gobierno Nacional todos los temas vinculados a dicho sector.
Que por los artículos 2 y 4 de la ley 22317, sustituidos por los artículos 42 y 43 de la Ley Nº 25.300 respectivamente, se dispuso que el límite del cupo de Crédito Fiscal a solicitar por parte de las empresas, no podrá exceder del OCHO POR MIL (8%), para el caso de grandes empresas, u OCHO POR CIENTO (8%) para el caso de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas respecto de la masa salarial de los DOCE (12) meses anteriores tomados desde la fecha que establece la reglamentación.
Que por los decretos 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999, se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación.
Que el artículo 27 de la ley 24156 de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional y sus modificatorias establece que si al inicio de un ejercicio financiero no se encontrare aprobado el Presupuesto General de la Administración Nacional regirá el que estuvo en vigencia el año anterior con las adecuaciones que deberá hacer el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que mediante el artículo 1 del decreto 2053 de fecha 22 de diciembre de 2010, se estableció que a partir del día 1 de enero de 2011 rigen, en virtud del artículo 27 de la ley 24156 de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional y sus modificatorias, las disposiciones de la ley 26546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, sus normas modificatorias y complementarias, las que deberán ser adecuadas como se indica en el artículo 2 del citado decreto.
Que mediante el dictado del decreto 2054 de fecha 22 de diciembre de 2010, se establecieron las disposiciones complementarias a la prórroga del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la ley 26546, las que como Anexo forman parte integrante de la citada medida.



Que por lo expuesto precedentemente, el cupo anual referente al artículo 3 de la ley 22317, fijado para la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO mediante el artículo 31, inciso b) de la ley 26546 prorrogada por el decreto 2053/2010 y complementada por el decreto 2054/2010, será de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000) para el Ejercicio 2011.



Que resulta necesario que la reglamentación de acceso al Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación cumpla con el objeto de lograr un eficaz y mejor impacto social, regional y económico de los fondos disponibles, asegurando al mismo tiempo un proceso de recepción, evaluación y asignación transparente y ágil, por lo cual deberán presentarse al citado Régimen los proyectos de capacitación bajo las modalidades establecidas en la reglamentación.



Que por los artículos 9 y 10 del decreto 819/1998 se crearon los Registros de Empresas y de Unidades Capacitadoras.



Que la disposición 389 de fecha 29 de setiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificaciones, establecen que las empresas que soliciten acceso al Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación, deberán estar previamente inscriptas en el Registro de Empresas, disponiendo la información que deben presentar a tal fin y los formularios en que deben hacerlo.



Que al mismo tiempo es pertinente asegurar a las empresas la libertad de contratación de las Unidades Capacitadoras de los Proyectos de Capacitación, en función de las necesidades de las empresas y en consideración de los antecedentes y de la especialidad de las Unidades Capacitadoras.



Que la precitada disposición 389/2004 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y sus modificaciones, establecen que dichas Unidades Capacitadoras deberán estar previamente inscriptas en el Registro de Unidades Capacitadoras de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, debiendo éste contener los antecedentes relevantes de las mismas para el dictado de la capacitación en las diferentes temáticas.



Que es necesario lograr mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos a fin de permitir el acceso y la participación de la mayor cantidad posible de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.



Que resulta de sumo interés la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de todo el país en el llamado a presentación y ejecución de Proyectos de Capacitación, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación que se propicia por la presente medida.



Que la Dirección de Legales del Área de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.



Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la ley 22317, los decretos 819/1998, 434/1999, 919/2010 y 964/2010.



Por ello,



EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL



RESUELVE:



Art. 1 - Apruébase el reglamento para el llamado a presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2011 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, que como Anexo I, con VEINTIOCHO (28) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 2 - Apruébase el Modelo de Primer Testimonio de Escritura Pública para Empresa/s Solicitante/s y Unidad/es Capacitadora/s (Persona/s Jurídica/s), que como Anexo II, con dos (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 3 - Apruébase el Modelo de Primer Testimonio de Escritura Pública para Personas Físicas y/o Sociedades de Hecho, que como Anexo III, con dos (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 4 - Apruébase el Modelo de Certificación Contable para, la Presentación de Proyectos, que como Anexo IV, con CUATRO (4) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 5 - Apruébase el Modelo de Declaración Jurada de la Unidad Capacitadora (Personas Jurídicas), que como Anexo V, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 6 - Apruébase el Modelo de Declaración Jurada de la Unidad Capacitadora (Personas Físicas o Sociedades de Hecho), que como Anexo VI, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 7 - Apruébase el Modelo de Acta Acuerdo para la Presentación de Proyectos bajo la Modalidad 1 (Para más de una Empresa Solicitante), que como Anexo VII, con dos (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 8 - Apruébase el Modelo de Acta Compromiso y Adhesión al Reglamento a suscribir por las Empresas Beneficiarias de la Modalidad 1, que como Anexo VIII, con dos (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 9 - Apruébase el Modelo de Acta Acuerdo para la Presentación de Proyectos bajo la Modalidad 2 (Para más de una Empresa Solicitante), que como Anexo IX, con dos (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 10 - Apruébase el Modelo de Certificación Contable para la Rendición de Cuentas, que como Anexo X, con dos (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.



Art. 11 - Establécese para el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas regido por el Anexo I de la presente resolución, un cupo máximo de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000) correspondientes al cupo establecido en el artículo 31, inciso b) de la ley 26546 prorrogada por el decreto 2053/2010 y complementada por el decreto 2054/2010.



Art. 12 - Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a colaborar con la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA en la difusión del presente Régimen, a través de los organismos competentes.



Art. 13 - De forma.



ANEXO I



REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A PRESENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE CAPACITACIÓN AÑO 2011 - RÉGIMEN DE CRÉDITO FISCAL PARA CAPACITACIÓN DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS



OBJETO



Art. 1 - El presente Reglamento rige la convocatoria de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA (en adelante “SPYMEYDR”), para la presentación y ejecución de Proyectos destinados a la capacitación del personal de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (en adelante “MIPYMES”) que tributen impuestos nacionales y reúnan los demás requisitos que se establecen en el presente Reglamento.



La implementación del presente Reglamento se realizará a través de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal dependiente de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL (en adelante “LA DIRECCIÓN”).



PERÍODO DE VIGENCIA DEL LLAMADO A PRESENTACIÓN DE PROYECTOS



Art. 2 - Se realizará bajo la modalidad de ventanilla abierta. Esto significa que las Empresas Solicitantes podrán presentar Proyectos de Capacitación desde la publicación del presente Reglamento en el Boletín. Oficial y en todo momento, por el sistema informático hasta las DIECIOCHO HORAS (18 hs.) del día 11 de noviembre de 2011, o en su defecto hasta la utilización total del cupo presupuestario asignado si esto fuere, anterior.



MODALIDADES



Art. 3 - A los fines del presente llamado, los Proyectos de Capacitación deberán encuadrarse en alguna de las siguientes Modalidades:



a) MODALIDAD 1: Proyectos de Capacitación presentados por UNA (1) o más Empresa/s Solicitante/s Cedente/s para la capacitación de UNA (1) o más “MIPYMES” Beneficiarias de capacitación, tengan o no relación comercial entre sí.



Bajo esta Modalidad, pueden ser solicitantes Grandes Empresas o “MIPYMES” aplicando en cada caso el porcentaje que corresponda para el cálculo de su cupo disponible.



Podrán ser beneficiarias de capacitación, las “MIPYMES”, tengan o no relación comercial con la Empresa Solicitante Cedente, sean clientes y/o proveedores exclusivos y/o franquiciados, a menos que formen parte de un mismo grupo económico con la/s Empresa/s Solicitante/s Cedente/s, conforme los criterios de control y vinculación establecidos por el artículo 33 de la ley 19550 de sociedades comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones, y que dicho grupo no pueda ser considerado “MIPYMES”, es decir que la Empresa Beneficiaria podrá acceder al Programa, si el Grupo Económico al que pertenece es considerado “MIPYMES” en el marco de la resolución 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, sus modificatorias y complementarias.



b) MODALIDAD 2: Proyectos de Capacitación presentados directamente por UNA (1) o más “MIPYMES” para su propia capacitación (Empresa/s Solicitante/s Beneficiaria/s).



En ambas modalidades las únicas habilitadas para presentar Proyectos son las Empresas Solicitantes, quienes a su vez serán las destinatarias del Crédito Fiscal.



Asimismo sólo podrán ser Empresas Beneficiarias las que revistan calidad de “MIPYMES” en el marco de la resolución 24/2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, sus modificatorias y complementarias.



Cuadro resumen:







EMPRESA/S SOLICITANTE/S

EMPRESA/S BENEFICIARIA/S



MODALIDAD 1

GRANDES EMPRESAS O MIPYMES (“CEDENTES”)

OTRAS MIPYMES



MODALIDAD 2

MIPYME/S

LAS MISMA/S MIPYME/S







SUJETOS QUE PARTICIPAN EN LOS PROYECTOS



Art. 4 - Los sujetos participantes en los Proyectos pueden ser: las Empresa/s Solicitante/s Cedente/s, las Empresa/s Beneficiaria/s de Modalidad 1, Empresas Solicitante/s Beneficiarias de la Modalidad 2, las Unidades Capacitadoras, en adelante “UCAP”, y el Personal Beneficiario de las actividades de capacitación, de acuerdo a las siguientes definiciones.



a) EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTES: toda persona física o jurídica productora de bienes o prestadora de servicios, constituida bajo cualquiera de las formas admitidas por la legislación vigente y que tributen impuestos nacionales, quien deberá ceder el cupo solicitado con destino a la capacitación del personal de las Empresa/s Beneficiaria/s de Modalidad 1, conforme lo establece el artículo 3, inciso a) del presente Reglamento.



b) EMPRESA/S BENEFICIARIA/S DE MODALIDAD 1: las empresas que tomen la capacitación, deben ser en todos los casos empresas “MIPYMES” categorizadas de acuerdo a lo establecido por la resolución 24/2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, sus modificatorias y complementarias.



c) EMPRESA/S SOLICITANTE/S BENEFICIARIA/S DE MODALIDAD 2: toda persona física o jurídica productora de bienes o prestadora de servicios, constituida bajo cualquiera de las formas admitidas por la legislación vigente y que tributen impuestos nacionales, que solicitan un cupo para destinarlo a la capacitación de su propio personal, deben ser en todos los casos empresas “MIPYMES” categorizadas de acuerdo a lo establecido por la resolución 24/2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, sus modificatorias y complementarias.



No estarán habilitadas a presentar Proyectos las empresas que registren deudas fiscales nacionales y/o previsionales exigibles por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS (en adelante “AFIP”).



d) UNIDADES CAPACITADORAS (en adelante “UCAP”): personas físicas y/o jurídicas responsables de realizar las actividades de capacitación conducentes al desarrollo de los recursos humanos de las “MIPYMES”, que acrediten antecedentes relevantes y experiencia demostrable en la. actividad y dentro de ella, en la temática específica de los cursos y/o actividades involucrado/as en el Proyecto presentado, quienes deberán estar previamente inscriptas en el Registro de “UCAP” establecido por la disposición 389 de fecha 29 de setiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias.



A tal fin se asignará a las “UCAP” una clave de seguridad e identificación personal requeridos por dicha disposición para su inscripción, revalidación y/o la modificación de datos de la “UCAP” en el mencionado Registro.



Quedan excluidas de participar de los Proyectos de Capacitación las “UCAP” que conformen un Grupo Económico conforme los criterios de control y vinculación establecidos por el artículo 33 de la ley 19550 de sociedades comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones con la/s Empresa/s Solicitante/s que la/s presentaran o con la/s Empresa/s Beneficiaria/s de la capacitación, a menos que las mismas sean instituciones sin fines de lucro creadas a tal fin.



Los docentes de la “UCAP” no podrán entablar ni mantener relación de dependencia con la/s Empresa/s Solicitante/s y/o Empresa/s Beneficiaria/s del/de los curso/s o actividades a su cargo.



e) PERSONAL BENEFICIARIO: son los empleados en relación de dependencia y/o titulares de la/s Empresa/s Solicitante/s Beneficiaria/s cuya capacitación se realice a través de las actividades de capacitación contenidas en el Proyecto.



En todos los casos, se verificará la relación de dependencia de los empleados.



EXCLUSIONES AL RÉGIMEN



Art. 5 - No podrán ser Empresas Beneficiarias de la Capacitación las que desarrollen como principal alguna de las siguientes actividades:



a) Financieras



b) Inmobiliarias (Compra, venta y/o alquiler)



c) Corredores de Títulos



d) Empresas de seguros privadas de capitalización



e) Entidades de pensión privada abierta



f) Prestadores de servicios profesionales.



MASA SALARIAL BRUTA



Art. 6 - Se entenderá por Masa Salarial Bruta, a los efectos del presente Reglamento, a los montos remuneratorios totales abonados al personal ocupado en las empresas, computados por sus importes brutos mensuales.



Su cálculo surge de aplicar la reglamentación establecida para determinar los montos imponibles sujetos a aportes y contribuciones previsionales informados en la declaración jurada mensual al Sistema Único de Seguridad Social (SUSS - Formulario 931 de “AFIP”, concepto Remuneración 2) de los últimos DOCE (12) meses previos a la presentación del Proyecto.



No se considerará Masa Salarial a toda asignación en dinero o en especie efectuada de manera no remunerativa.



CÁLCULO DEL MONTO MÁXIMO DE REINTEGRO



Art. 7 -



a) Para el caso de las “MIPYMES”, el monto máximo a reintegrar no podrá en ningún caso superar el OCHO POR CIENTO (8%) de la Masa Salarial Bruta correspondiente a los últimos DOCE (12) meses contados desde de la presentación del Proyecto.



b) Para el caso de las Grandes Empresas Solicitantes Cedentes de la Modalidad 1, el monto computable será del OCHO POR MIL (8‰) de la Masa Salarial Bruta correspondiente a los últimos DOCE (12) meses contados a partir de la presentación del Proyecto.



Para el cálculo de los límites establecidos en este artículo en los incisos a) y b), deben computarse todos los reintegros solicitados bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación establecido por la ley 22317, cualquiera fuere el organismo administrador de dicho cupo (la “SPYMEYDR”, el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA y/o el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL).



ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN



Art. 8 - Las actividades de capacitación son todas aquellas actividades que consisten en el dictado de cursos o la realización de talleres teórico-prácticos, presenciales o a distancia.



Las actividades de capacitación se clasificarán en abiertas, cerradas o a distancia.



a) ACTIVIDADES ABIERTAS: se considera actividad abierta a aquella realizada por una “UCAP” orientada al público en general, es decir, no financiada exclusivamente por la/s Empresas Solicitante/s y que son ejecutadas, exclusivamente por Universidades Públicas o Privadas o por Instituciones de Capacitación con trayectoria en la/s temática/s a desarrollar asimilables a las primeras y con reconocimiento comprobable en el medio.



En este tipo de actividades no hay requisitos de cantidad mínima de participantes. Sólo se admitirán actividades abiertas con carácter presencial.



Sólo podrán incluirse en los proyectos actividades abiertas cuya fecha de inicio no sea posterior a los TRES (3) meses desde la presentación del Proyecto.



Todas las actividades de capacitación que no puedan encuadrarse como actividades abiertas, deberán presentarse como actividades cerradas de acuerdo a lo establecido a continuación.



b) ACTIVIDADES CERRADAS: se considera actividad cerrada a aquella diseñada específicamente para la/s Empresas Solicitante/s y con financiamiento exclusivo de las mismas.



En este tipo de actividades la cantidad mínima de participantes aceptable es de TRES (3) personas. Las actividades desarrolladas por una “UCAP” que revista la calidad de persona física, deberán ser dictadas exclusivamente por el titular de la explotación unipersonal.



Sólo serán admisibles jornadas en días laborables entre las SIETE HORAS (7 hs.) y las VEINTIDÓS HORAS (22:00 hs.) y los sábados de OCHO HORAS (8 hs.) a TRECE HORAS (13 hs.) y cuya duración no exceda las SEIS HORAS (6 hs.) reloj por día y por empresa.



Sólo se admitirán actividades cerradas con carácter presencial.



Una actividad cerrada se considerará realizada si se completa al menos un OCHENTA POR CIENTO (80%) de la carga horaria incluida en el Formulario de Proyecto y aprobada por “LA DIRECCIÓN”. Asimismo la cantidad de asistentes que completen el curso deberá ser igual o mayor al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los asistentes informados y aprobados en el Proyecto, y como mínimo TRES (3) asistentes. Cuando se constate una asistencia igual o mayor al CINCUENTA POR CIENTO (50%) y menor al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del total de participantes aprobados, “LA DIRECCIÓN” aplicará descuentos proporcionales.



Un asistente de una actividad cerrada se considerará tal, a los fines del cálculo de los párrafos precedentes, si asiste al menos a un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de las jornadas de capacitación incluidas en dicha actividad.



c) ACTIVIDADES A DISTANCIA: se considera actividad a distancia aquélla realizada exclusivamente por Universidades Públicas o Privadas que a criterio de “LA DIRECCIÓN” acrediten sistemas de evaluación y control idóneos sobre sus plataformas, y que se dicte en forma no presencial y/o virtual a través de los nuevos canales electrónicos o mediante cualquier plataforma informática de formación, como soporte de los procesos de enseñanza - aprendizaje.



PROYECTOS DE CAPACITACIÓN



Art. 9 - Se entiende por Proyecto el conjunto de actividades de capacitación dirigidas a facilitar el cumplimiento de los objetivos de la “MIPYMES” y a satisfacer o resolver sus necesidades o problemas.
1) Proyectos presentados bajo la Modalidad 1:

Cada Proyecto de Capacitación podrá incluir hasta QUINCE (15) Empresas Beneficiarias y podrá contener hasta un máximo de DIEZ (10) actividades incluyendo abiertas, cerradas y/o a distancia. Cada Empresa Solicitante Cedente podrá presentar un máximo de CINCO (5) Proyectos bajo esta modalidad.

2) Proyectos presentados bajo la Modalidad 2:
Cada Proyecto podrá incluir hasta DIEZ (10) actividades de capacitación incluyendo en el mismo abiertas, cerradas y/o a distancia. Sin perjuicio de ello, y a fin de optimizar las tareas de evaluación, control y rendición de actividades de capacitación, las empresas podrán presentar en el presente llamado:

a) un máximo de TRES (3) Proyectos cuando la nómina de personal no exceda los CIEN (100) empleados en relación de dependencia según lo declarado en el formulario 931 de “AFIP”, en el último mes previo a la presentación del Proyecto.

b) un máximo de CINCO (5) Proyectos cuando la nómina de personal supere los CIEN (100) empleados en relación de dependencia según lo declarado en el formulario 931 de “AFIP” en el último mes previo a la presentación del Proyecto.

RESPONSABILIDAD SOBRE LOS PROYECTOS
Art. 10 -

a) Las empresas que presenten Proyectos, bajo cualquier Modalidad, son responsables de:
i- La veracidad de toda la información consignada sobre la/s empresa/s, sus características económicas, societarias, contables, fiscales y sobre la existencia de relación laboral del personal beneficiario.
ii- La validez y autenticidad de toda la documentación presentada.
iii- Garantizar las condiciones para la realización de las actividades incluidas en el Proyecto en lo relativo a organización, si las actividades fueran cerradas.

iv- Controlar y propiciar la asistencia de los participantes en las actividades de capacitación correspondientes.

v- Efectuar las notificaciones requeridas para la ejecución de los Proyectos y aceptar los requerimientos formulados por “LA DIRECCIÓN” con la antelación prevista en el presente Reglamento.

vi- Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en los locales como respecto de las actividades relacionadas con la capacitación, si las actividades fueran cerradas.
b) Las “UCAP” serán responsables de:
i- Llevar adelante la ejecución de las actividades de capacitación, atender a su cumplimiento en lo relacionado con la función docente y su calidad técnico-pedagógica, en un todo de conformidad con el Proyecto aprobado.
ii- Cumplir, en completa corresponsabilidad con la/s Empresas Solicitante/s, con el control del número de participantes presentes en las jornadas de capacitación, conforme lo declarado en el Proyecto presentado.

iii- Efectuar las notificaciones requeridas para la ejecución de los Proyectos y aceptar los requerimientos formulados por “LA DIRECCIÓN” con la antelación prevista en el presente Reglamento, para el caso que la actividad de capacitación sea cerrada.

iv- Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en los locales como respecto de las actividades relacionadas con la capacitación.
v- Entregar certificados de asistencia a todos los participantes que hayan asistido al menos al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de las actividades. En el caso de actividades abiertas la “UCAP” emitirá el certificado de asistencia, según sus usos y costumbres.
A todos los efectos del Régimen de Crédito Fiscal, los acuerdos privados entre sujetos participantes de los Proyectos, tanto en relación con la prestación de servicios de capacitación como en cualquier otro aspecto que en el marco de los Proyectos pudiera suscitarse, no obligarán en modo alguno a la “SPYMEYDR”, quien sólo reconocerá como único responsable y parte legitimada en el procedimiento, a la Empresa Solicitante.

CONCEPTOS REINTEGRABLES - MONTOS

Art. 11 - Los montos máximos de reintegro a solicitar por cada Proyecto establecidos por el presente Reglamento podrán distribuirse entre los siguientes conceptos con ajuste a lo prescripto para cada caso:
a) ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN: en este rubro se incluyen los costos de inscripción, matrículas, aranceles y/o honorarios por capacitación correspondientes al dictado de actividades de capacitación, netos del impuesto al valor agregado (IVA), e independientemente de que los valores efectivamente abonados y expresados en la documentación respaldatoria, hubieran sido superiores a dichos montos.
b) GASTOS POR REALIZACIÓN DE ESCRITURAS Y/O CERTIFICACIONES CONTABLES DE LA/S EMPRESA/S SOLICITANTE/S DE AMBAS MODALIDADES: las mismas podrán solicitar el reintegro de gastos por Escrituras y/o Certificaciones Contables requeridas para la presentación de Proyectos de Crédito Fiscal y/o rendición de cuentas del/de los mismo/s, hasta un monto máximo de reintegro, de hasta PESOS UN MIL ($ 1.000), neto del Impuesto al Valor Agregado (IVA), pudiéndose presentar y rendir parcial o totalmente en cualquiera de los Proyectos aprobados en el presente llamado. No se admitirán solicitudes de reintegro por el concepto detallado en este inciso para la/s Empresa/s Beneficiaria/s de la Modalidad 1.



TOPES DEL PRESENTE RÉGIMEN

Art. 12 - Se establecen para el llamado 2011, los siguientes topes, de acuerdo a la modalidad del Proyecto y las actividades de capacitación incluidas en los mismos:

1) PARA LOS PROYECTOS MODALIDAD 1

En la Modalidad 1, cada Empresa Solicitante Cedente podrá ceder su cupo de Crédito Fiscal en hasta la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) por Empresa Beneficiaria. El límite de cantidad de Empresas Beneficiarias será de hasta QUINCE (15) por Proyecto de Capacitación presentado. Asimismo cada Proyecto de Capacitación podrá incluir hasta un máximo de DIEZ (10) actividades. Las Empresas Beneficiarias de la Modalidad 1 podrán recibir hasta PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) de una o más Empresa/s Cedente/s en todo concepto en el presente llamado.



2) PARA LOS PROYECTOS MODALIDAD 2

En la Modalidad 2 las Empresa/s Solicitante/s Beneficiaria/s, podrán realizar actividades de capacitación abiertas por hasta la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) por participante, y por actividad, pudiendo el mismo participante realizar más de una actividad abierta en el mismo o en distintos Proyectos, pero con el tope de valor establecido en este inciso.
3) PARA EL PERSONAL BENEFICIARIO

En el caso de que un Proyecto prevea una actividad de capacitación abierta por un importe superior a la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) por persona participante, se requerirá que el mismo posea una antigüedad en la empresa mayor a SEIS (6) meses, debiendo acompañar el alta temprana del empleado actualizada al momento de la presentación de la documentación.



4) PARA LAS “UCAP”



Las “UCAP” podrán participar en más de UN (1) Proyecto, fijándose los siguientes topes máximos para el presente llamado, de acuerdo a la siguiente clasificación de “UCAP” y sólo para cuando participaren en actividades cerradas:



i- Universidades públicas y privadas, hasta la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL ($ 1.800.000), netos del impuesto al valor agregado (IVA).



ii- Instituciones de capacitación reconocidas, que acrediten experiencia en la temática a desarrollar y antecedentes en capacitación del sector de la Pequeña y Mediana Empresa, excluidas las consultoras, hasta la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000), netos del impuesto al valor agregado (IVA).



iii- Empresas de capacitación y consultoría que acrediten experiencia en la temática a desarrollar, antecedentes en capacitación del sector de la Pequeña y Mediana Empresa y dotación de docentes idóneos, hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000), netos del impuesto al valor agregado (IVA).



iv- Aquellas “UCAP” constituidas por personas físicas o sociedades de hecho y que acrediten experiencia en la temática a desarrollar, antecedentes en la capacitación del sector de la Pequeña y Mediana Empresa, sólo podrán participar en Proyectos donde se solicite hasta un tope máximo de honorarios de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000).



A los efectos del cómputo de dichos topes, se sumará el monto total de honorarios solicitados neto del impuesto al valor agregado (IVA), correspondientes a las horas de capacitación a cargo de la “UCAP” en todos los Proyectos presentados en el llamado 2011, en que la misma participe.



PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS



Art. 13 - Las empresas a los efectos de la presentación de Proyectos en el presente llamado, deberán observar el procedimiento y las condiciones que seguidamente se detallan:



a) VÍA INTERNET: las empresas que presenten una solicitud de reintegro por actividades de capacitación deberán completar el Formulario de Presentación de Proyectos disponible en la página Web de la “SPYMEYDR” (http://www.sepyme.gob.ar/creditofiscal), mediante la utilización de la clave asignada al momento de inscripción. En esta instancia no será necesaria la presentación de documentación alguna. El Proyecto será evaluado y se responderá a la solicitante sobre la viabilidad del mismo.



En el caso de resultar viable se preaprobará y notificará a la empresa mediante sistema informático y/o correo electrónico, requiriéndose a la solicitante la presentación de la documentación respaldatoria dentro de los plazos señalados de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.



En caso de no resultar viable se comunicará por la misma vía a la empresa las causas y recomendaciones para su reformulación.



b) EN SOPORTE. PAPEL: si el Proyecto presentado, resultare preaprobado, la empresa deberá imprimir el Formulario de Presentación de Proyectos, el cual deberá ser firmado y aclarado en carácter de declaración jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s legal/es o apoderado/s con facultades suficientes de la/s Empresas Solicitante/s, y presentarlo ante la “SPYMEYDR”, junto con toda la documentación requerida en el artículo 15 del presente Reglamento, en un plazo que no exceda los VEINTE (20) días hábiles contados a partir de la comunicación de la preaprobación.



La firma inserta en la última hoja del Formulario de Presentación de Proyectos deberá estar certificada por Escribano Público, Banco o Juez de Paz.



EVALUACIÓN DE PROYECTOS



Art. 14 - Los Proyectos serán objeto de una evaluación que comprende los siguientes aspectos, de conformidad con el presente Reglamento:



a) La admisibilidad de las Empresas Solicitantes y/o Beneficiarias.



b) La adecuación del Proyecto a los objetivos de la empresa y a sus problemáticas y necesidades.



c) La evaluación institucional de la “UCAP” se realizará en función de la información solicitada y consignada en el Formulario de Presentación de Proyectos y en el Registro de la “UCAP”, considerando los siguientes aspectos.



i- Tipología institucional: persona física o jurídica y su naturaleza.



ii- Antecedentes y experiencia que acredite la “UCAP”.



iii- Formación académica y experiencia del docente que realice la actividad.



d) La evaluación técnico-pedagógica de las actividades de capacitación incluidas.



Se evaluará la coherencia entre el/los objetivo/s de la/s Empresa/s Solicitante/s, el problema a solucionar o proceso a mejorar para cumplir con tal Proyecto y la actividad propuesta para su resolución.



Asimismo se analizará la consistencia metodológica de la actividad y su adecuación a las condiciones de mercado.



En caso de haber sido preaprobado y que la actividad fuera abierta, ésta podrá efectuarse, a cuenta y riesgo de las Empresas Solicitantes, en forma previa a que “LA DIRECCIÓN” verifique el cumplimiento de los requisitos formales.



En caso que las actividades de capacitación incluidas en el Proyecto, sean cerradas, podrán comenzar a ejecutarse, a cuenta y riesgo de las Empresas Solicitantes, luego de la comunicación vía sistema informático y/o correo electrónico de la aprobación formal que surja del análisis de la documentación presentada y previa carga del cronograma completo en el sistema informático con al menos CUATRO (4) días hábiles de antelación al inicio de la primera actividad del Proyecto.



DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LOS PROYECTOS



Art. 15 - Una vez comunicada la preaprobación, las empresas y las “UCAP”, deberán presentar juntamente con el Formulario de Presentación de Proyectos al que hace referencia el artículo 13, inciso b) del presente Reglamento, la siguiente documentación de acuerdo a la modalidad, plazos y a la tipología de las actividades.



La no presentación, de la documentación requerida a continuación y en un plazo de VEINTE (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la comunicación de la preaprobación, implicará la desestimación del Proyecto.



a) DOCUMENTACIÓN SOLICITADA EN PROYECTOS DE MODALIDAD 1:



a.1) La/s Empresa/s Solicitante/s Cedente/s deberá/n presentar:



i- UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple del Primer Testimonio de Escritura Pública, según modelo presentado en el Anexo II del presente Reglamento.



ii- Certificación Contable para la Presentación de Proyectos: UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple, emitida por Contador Público Nacional (que no posea relación de dependencia con ninguno de los sujetos participantes del Proyecto, con su firma debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, según modelo presentado en el Anexo IV del presente Reglamento.



iii- Si hubiere más de una Empresa Solicitante Cedente, la/s misma/s deberá/n suscribir y presentar el Acta Acuerdo para la presentación de Proyectos bajo la Modalidad 1, según modelo presentado en el Anexo VII del presente Reglamento. Dichas firmas deberán estar certificadas por Escribano Público o Juez de Paz.



iv- Copia simple firmada por el representante legal o apoderado con facultades suficientes debidamente acreditadas, y/o contador certificante, del formulario 931 de “AFIP” del último mes anterior a la presentación del Proyecto y la constancia de pago respectiva.



a.2) La/s Empresa/s Beneficiaria/s de la Modalidad 1 deberán presentar:



i- Certificación Contable, para la Presentación de Proyectos: UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple, según modelo presentado en el Anexo IV del presente Reglamento.



ii- Acta Compromiso y Adhesión al Reglamento: cada una de las Empresas Beneficiarias, deberá presentar un Acta Compromiso y Adhesión al Reglamento la cual incluirá la información jurídica de la empresa y la manifestación de aceptación y adhesión al presente Reglamento, suscripta por el representante legal o apoderado con facultades suficientes debidamente acreditadas, según modelo presentado en el Anexo VIII del presente Reglamento.



Dichas firmas deberán estar certificadas por Escribano Público o Juez de Paz.



b) DOCUMENTACIÓN SOLICITADA EN PROYECTOS DE MODALIDAD 2:



La/s Empresas Solicitante/s Beneficiaria/s deberá/n presentar:



i- En caso de ser una persona jurídica, UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple del Primer Testimonio de Escritura Pública, según modelo presentado en el Anexo II del presente Reglamento.



ii- En caso de ser una persona física y/o sociedad de hecho, UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple del Primer Testimonio de Escritura Pública según modelo presentado en el Anexo III del presente Reglamento.



iii- Certificación Contable para la Presentación de Proyectos: UN (1) original y UNA (1) copia simple, emitida por Contador Público Nacional (que no posea relación de dependencia con ninguno de los sujetos participantes del Proyecto) con su firma debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda según modelo presentado en el Anexo IV del presente Reglamento.



iv- Si hubiere más de una Empresa Solicitante, las mismas deberán suscribir, y presentar el Acta Acuerdo para la Presentación de Proyectos bajo la Modalidad 2 que deberá especificar la participación que tendrá cada una de las Empresas Solicitantes Beneficiarias en el Proyecto y cuál de ellas reviste el carácter de Solicitante Principal. Dicha Acta Acuerdo deberá presentarse según modelo presentado en el Anexo IX del presente Reglamento. Dichas firmas deberán estar certificadas por Escribano Público o Juez de Paz.



v- Copia simple firmada por el representante legal o apoderado con facultades suficientes debidamente acreditadas, y/o contador certificante, del formulario 931 de “AFIP” del último mes anterior a la presentación del Proyecto y la constancia de pago respectiva.



Las empresas que ya hubieren presentado la documentación descripta en algún Proyecto del presente llamado, sólo deberán presentar, cuando corresponda, la actualización o revalidación de la misma. Los modelos de Escrituras, Certificaciones Contables y Actas Acuerdos estarán disponibles en la página Web de la “SPYMEYDR”.



c) DOCUMENTACIÓN SOLICITADA A LA “UCAP”:



c.1) La “UCAP” deberá presentar en el caso que sea persona jurídica y exclusivamente en Proyectos que incluyan actividades cerradas:



i- UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple del Primer Testimonio de Escritura Pública, según modelo presentado en el Anexo II del presente Reglamento.



En el caso que se presentaren como “UCAP” las Universidades legalmente reconocidas para funcionar por las autoridades nacionales competentes, éstas quedan exceptuadas de presentar el Primer Testimonio de Escritura Pública establecido en el presente inciso.



ii- Modelo de declaración jurada de la “UCAP” firmada por el representante legal o apoderado con facultades suficientes debidamente acreditadas, y por cada empresa a capacitar, según modelo presentado en el Anexo V del presente Reglamento. Dichas firmas deberán estar certificadas por Escribano Público o Juez de Paz.



c.2) La “UCAP” deberá presentar en el caso que sea persona física y exclusivamente en Proyectos que incluyan actividades cerradas.



i- Impresión del Formulario de Inscripción al Registro de “UCAP” de Crédito Fiscal firmado en carácter de declaración jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s legal/es o apoderado/s con facultades suficientes de la “UCAP”. Dicha firma deberá certificarse por Escribano Público o Juez de Paz.



ii- Modelo de declaración jurada de la “UCAP” firmada por el titular por cada empresa a capacitar, según modelo presentado en el Anexo VI del presente Reglamento. Dicha firma deberá certificarse por Escribano Público o Juez de Paz.



Las “UCAP” que ya hubieren presentado la documentación descripta en el presente llamado, sólo deberán presentar cuando corresponda, la actualización o revalidación de la misma.



La utilización de los modelos de Primer Testimonio de Escritura Pública, Certificaciones Contables, Declaraciones Juradas y demás documentación resulta de carácter obligatorio por parte de la/s Empresa/s Solicitante/s y “UCAP”. Los modelos estarán disponibles en la página Web de la “SPYMEYDR”.



PLAZOS Y FORMAS DE NOTIFICACIÓN



Art. 16 - Los sujetos participantes en los Proyectos de Capacitación detallados en el artículo 4 del presente Reglamento deberán observar los plazos estipulados a continuación:



i- Una vez comunicada la preaprobación del Proyecto y en un plazo de VEINTE (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a dicha comunicación, deberán presentar la documentación solicitada en los artículos 13 y 15 del presente Reglamento de acuerdo a la modalidad, y a la tipología de las actividades incluidas en los Proyectos.



ii- Una vez finalizada la última actividad incluida en un Proyecto de Capacitación, y en un plazo de VEINTE (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a dicha finalización, la/s Empresa/s Solicitante/s deberá/n rendir cuentas de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 25 del presente Reglamento.



iii- Una vez comunicada la preaprobación de la Rendición de Cuentas y en un plazo de VEINTE (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a dicha comunicación, la/s Empresa/s Solicitante/s deberá/n presentar la documentación respaldatoria de la rendición de cuentas solicitada en el artículo 25 del presente Reglamento.



iv- En caso de producirse un requerimiento de tipo formal a la documentación presentada en cualquier instancia del Proyecto, el mismo deberá ser contestado en un plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente a la comunicación de la observación formal. Las comunicaciones efectuadas por “LA DIRECCIÓN” en relación con la preaprobación, observaciones técnicas y/o formales y aprobación relativas a los Proyectos de Capacitación y/o rendiciones de cuentas presentadas en el marco del presente llamado, serán efectuadas exclusivamente vía sistema informático y/o correo electrónico, debiéndose observar los plazos previstos en el presente artículo.



La no presentación de la documentación requerida en la forma y/o en el plazo estipulado, implicará la desestimación del Proyecto y/o rechazo de la rendición de cuentas con la consiguiente pérdida del cupo asignado.



FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN



Art. 17 - Las presentaciones en soporte papel deberán efectuarse de acuerdo a los modelos y en plazos previstos en el presente Reglamento, vía correo postal o personalmente en la Mesa de Entradas de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, sita en la Avenida Julio Argentino Roca 651, Planta Baja, Sector II (Código Postal 1067), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.



RESOLUCIÓN APROBATORIA DE PROYECTOS DE CAPACITACIÓN



Art. 18 - Una vez concluida la etapa de evaluación formal del Proyecto se le comunicará a la/s Empresa/s Solicitante/s el resultado de la misma. La asignación de cupo de Crédito Fiscal para los Proyectos aprobados en el presente llamado se realizará a través de un acto administrativo, el cual se publicará en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA y se comunicará en la página Web de la “SPYMEYDR” (www.sepyme.gob.ar/creditofiscal) y/o a través del sistema informático.



PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE CAPACITACIÓN



Art. 19 - Las empresas podrán comenzar a ejecutar las actividades de capacitación de los Proyectos aprobados desde el día siguiente a la comunicación de la aprobación definitiva del Proyecto, con la excepción prevista para las actividades abiertas, conforme lo estipulado en el artículo 14 del presente Reglamento.



i- Actividades Abiertas: los Proyectos que incluyan actividades de capacitación abiertas deberán presentarse como mínimo con CUATRO (4) días hábiles de antelación al comienzo de la/s actividad/es, y la fecha de inicio de las mismas no podrá ser posterior a los TRES (3) meses contados desde la presentación del Proyecto. El plazo máximo de ejecución para las actividades abiertas será hasta el día 31 de diciembre del año 2011.



ii- Actividades Cerradas: en el caso de actividades cerradas el plazo máximo de ejecución será de CUATRO (4) meses contados desde la aprobación definitiva del Proyecto y como máximo hasta el día 31 de diciembre del año 2011, o lo que resulte anterior.



PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS



Art. 20 - Los proyectos deberán realizarse mediante la ejecución de las actividades incluidas en el Formulario de Proyectos y tal como fueron aprobados por “LA DIRECCIÓN”.



a) EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES ABIERTAS:



Luego de recibir la comunicación sobre la preaprobación del Proyecto, y a su cuenta y riesgo, la empresa podrá comenzar con las actividades preaprobadas.



Para este tipo de actividades sólo se admitirán cambios de participantes y siempre que tal modificación sea anterior a la aprobación formal del Proyecto, en cuyo caso la empresa deberá informar tal situación, mediante el ingreso al Listado de Proyectos Aprobados disponible en el sistema informático en la página Web de la “SPYMEYDR” (www.sepyme.gob.ar/créditofiscal).



b) EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES CERRADAS:



Luego de recibir la notificación de “LA DIRECCIÓN” sobre la aprobación definitiva, y con una antelación no menor a CUATRO (4) días hábiles a la fecha y hora prevista para la ejecución de cada actividad, deberán confirmar y/o modificar el Cronograma de Actividades incluido en el Proyecto e indicar los participantes de las mismas, ingresando en el Listado de Proyectos Aprobados disponible en el sistema informático en la página Web de la “SPYMEYDR” (www.sepyme.gob.ar/creditofiscal). Las actividades que no puedan ser constatadas por “LA DIRECCIÓN” por errores, omisiones, o notificaciones incompletas o extemporáneas, podrán ser consideradas como actividades no ejecutadas y pasibles de descuentos.



MODIFICACIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN



Art. 21 - Las actividades cerradas contenidas en los Proyectos aprobados sólo podrán ser modificadas durante su ejecución, en lo relativo a:



i- Fechas de Ejecución.



ii- Horarios.



iii- Lugar de ejecución de jornadas y/o actividades.



iv- Docentes, en tanto no se modifique el perfil académico de los aprobados y estén incluidos en el registro de la “UCAP”.



Las modificaciones a las actividades se deberán realizar ingresando al Listado de Proyectos Aprobados disponible en el sistema informático en la página Web de la “SPYMEYDR” (www.sepyme.gob.ar/créditofiscal).



No se admitirán cambios de ninguna índole a las actividades abiertas contenidas en los Proyectos ya aprobados.



PLAZOS DE NOTIFICACIÓN DE MODIFICACIONES



Art. 22 - Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Reglamento, los cambios previstos en el artículo anterior, deberán ser realizados antes de la fecha de ejecución original de la jornada y/o actividad y de acuerdo al plazo estipulado a continuación:



El plazo para efectuar el cambio de fechas, horarios, lugar de ejecución y docentes incorporados en las actividades cerradas de los Proyectos aprobados, será de hasta DOS (2) días hábiles antes del inicio de la actividad.



En forma excepcional, debidamente fundada, se admitirán modificaciones hasta la hora de inicio informada para cada actividad. El descargo correspondiente deberá presentarse en soporte papel al momento de efectivizar la presentación de la rendición de cuentas.



VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA



Art. 23 - “LA DIRECCIÓN” podrá, en cualquier instancia del desarrollo del Proyecto, por sí o por terceros, realizar verificaciones físicas o virtuales y auditorías a la/s Empresa/s Solicitante/s y/o Empresas Beneficiarias o “UCAP”, en sus sedes o en el lugar en donde se realicen las actividades, con el objeto de constatar el cumplimiento, ejecución e impacto de las mismas, encontrándose facultada para contactar a los participantes de los cursos finalizados o en ejecución, a efectos de evaluar la capacitación recibida por los mismos.



Las empresas y las “UCAP” deberán disponer de todos los medios necesarios para facilitarle a “LA DIRECCIÓN” el desarrollo de las tareas de verificación y auditorías y proveerle toda la información que solicite.



INCUMPLIMIENTOS AL PRESENTE REGLAMENTO



Art. 24 - En caso de verificarse algún incumplimiento a lo dispuesto por el presente Reglamento la Autoridad de Aplicación podrá disponer la pérdida parcial o total del beneficio.



1) Incumplimientos que ameritarán pérdida parcial del beneficio:



a) Inejecución verificada de la jornada.



b) La actividad en ejecución difiere sustancialmente de la informada.



c) Reticencia en brindar al auditor información y/o falta de exhibición de documentación. Se establece una tolerancia máxima de CINCO (5) minutos para el inicio de la verificación de la actividad desde el arribo del auditor al lugar de ejecución.



d) El capacitador se niega a firmar el Acta de Auditoría.



e) Difiere la “UCAP” o el docente incluido en el Proyecto aprobado.



f) Supera ausencias reglamentarias.



g) En caso de verificarse DOS (2) incumplimientos consistentes en auditorías con resultado negativo y/o cualquiera de las faltas detalladas anteriormente, corresponderá el descuento total de la actividad.



h) En caso de no completarse al menos un OCHENTA POR CIENTO (80%) de la carga horaria incluida en el Formulario de Proyecto y aprobada por “LA DIRECCIÓN”, corresponderá el descuento total de la actividad.



2) Incumplimientos que ameritarán la pérdida total del beneficio:



a) En caso de no completarse al menos un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las actividades aprobadas en un Proyecto, corresponderá la baja del mismo y la pérdida del cupo de Crédito Fiscal asignado.



b) En caso de verificarse TRES (3) incumplimientos consistentes en auditorías con resultado negativo y/o cualquiera de las faltas detalladas en el inciso 1) del presente artículo, en la misma o en distinta actividad de un mismo Proyecto, se procederá a la baja del mismo y la pérdida del cupo de Crédito Fiscal asignado.



iii-(*) En caso de verificarse CUATRO (4) incumplimientos consistentes en auditorías con resultado negativo y/o cualquiera de las faltas detalladas en el inciso 1) del presente artículo, independientemente del Proyecto que se trate se procederá a la baja de todos los Proyectos presentados y/o aprobados de la Empresa Solicitante y a la pérdida del cupo de Crédito Fiscal asignado, como así también la exclusión de la misma para el resto del llamado 2011.



Las sanciones que impliquen la baja del Proyecto y la pérdida del cupo de Crédito Fiscal asignado y cuya/s rendición/es no hayan sido aprobada/s por acto administrativo pertinente o se encontrare pendiente de rendición por la Empresa Solicitante a la fecha de imposición de la sanción, serán impuestas mediante el dictado de un acto administrativo de la Autoridad de Aplicación, previa elaboración de un informe fundado por parte de “LA DIRECCIÓN”.



Las sanciones que acarreen pérdidas parciales del cupo de Crédito Fiscal asignado, serán impuestas mediante el acto administrativo que apruebe la respectiva rendición de cuentas.



En todos los casos en que se determine la pérdida total del cupo de Crédito Fiscal asignado en un Proyecto o actividad “LA DIRECCIÓN” podrá excluir a la “UCAP” del presente llamado.



Para el caso en que la “UCAP” excluida participe en otro/s Proyecto/s de capacitación del presente llamado, la misma deberá ser reemplazada inmediatamente y a requerimiento de “LA DIRECCIÓN”.



PRESENTACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS



Art. 25 - La/s Empresa/s Solicitante/s podrán presentar como máximo UNA (1) rendición de cuentas por cada Proyecto aprobado.



La/s rendición/es de cuentas de los Proyectos ejecutados deberá/n presentarse en un plazo que no exceda los VEINTE (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la finalización de la última jornada del Proyecto aprobado y de la siguiente forma:



a) VÍA INTERNET: Completar y enviar para su preaprobación el Formulario de Rendición de Cuentas disponible en la página Web de la “SPYMEYDR” (www.sepyine.gob.ar/créditofiscal), y posteriormente:



b) Una vez preaprobada la rendición de cuentas se deberá presentar en un plazo en un plazo de VEINTE (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la comunicación respectiva, y en soporte papel el Formulario de Rendición de Cuentas suscripto por el/los Representante/s Legal/es de la/s Empresa/s Solicitante/s de acuerdo a la acreditación de personería prevista en el presente Reglamento en carácter de declaración jurada, ante “LA DIRECCIÓN” conjuntamente con la documentación que se detalla a continuación:



i- Fotocopia/s simple/s de la/s factura/s y/o recibo/s por honorarios de capacitación; consignando en cada una la denominación del curso facturado. Si las facturas fueren tipo A, entonces deberá adjuntarse el recibo correspondiente.



ii- Fotocopia/s simple/s de la/s factura/s y/o recibo/s por gastos de Escrituras y/o Certificación. Si las facturas fueren tipo A, entonces deberá adjuntarse el recibo correspondiente.



iii- Certificación Contable suscripta por Contador Público Nacional que no posea relación de dependencia con ninguno de los sujetos participantes del Proyecto y legalizada por el Consejo Profesional correspondiente, referente al pago, cancelación y a la registración contable de los comprobantes señalados en los incisos precedentes con el detalle de los mismos, según modelo que se presenta en el Anexo X del presente Reglamento.



iv- Fotocopia del certificado de asistencia para el caso de las actividades abiertas.



v- Original de la nómina de participantes con firma autógrafa de cada, uno de ellos, para el caso de las actividades cerradas.



EVALUACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS



Art. 26 - Las rendiciones de cuentas presentadas en formato papel serán sometidas a una evaluación técnica.



El informe de control técnico versará sobre la ejecución reglamentaria del Proyecto y contemplará el cumplimiento de los lineamientos aprobados, así como lo informado por las Empresas Solicitantes durante la etapa de ejecución de las actividades.



El informe contendrá una recomendación final sobre la aprobación, rechazo y/o eventuales descuentos respecto de las rendiciones de cuentas presentadas con fundamento en los hechos y antecedentes y en lo previsto por el presente Reglamento.



DE LA EMISIÓN DEL CERTIFICADO



Art. 27 - Una vez publicada en el Boletín Oficial la asignación de cupo y aprobada la rendición de cuentas, tendrá lugar el dictado del acto administrativo que establecerá la aprobación total o parcial de la rendición y la consiguiente emisión del Certificado de Crédito Fiscal a favor de la/s Empresa/s Solicitante/s.



En el caso de existir más de una Empresa Solicitante, ya sea Modalidad 1 o Modalidad 2, deberá realizarse el reintegro en la misma proporción que se constate del pago y la cancelación de las facturas correspondientes o bien como lo determinen las Empresas Solicitantes en el acta acuerdo requerida en el artículo 15 del presente Reglamento, y sin que se excedan los topes y montos previstos.



Los Certificados de Crédito Fiscal serán emitidos bajo la modalidad de Bono Electrónico a favor de la/s Empresa/s Solicitante/s de acuerdo a lo establecido precedentemente y de conformidad a lo dispuesto por la resolución 4 de fecha 14 de enero de 2011 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.



Asimismo y de acuerdo al artículo 2 de dicha resolución, los Certificados de Crédito Fiscal que se emitan bajo la modalidad de Bono Electrónico tendrán una vigencia de VEINTICUATRO (24) meses contados desde la fecha de su emisión.



MARCO LEGAL



Art. 28 - La presentación del Proyecto implica el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el acceso al Régimen de Crédito Fiscal, la adhesión al presente Reglamento y la aceptación de todos los efectos y consecuencias producto de su aplicación, para todos los sujetos participantes en los mismos.



RECURSOS



Art. 29 - El régimen recursivo es el establecido en la ley nacional de procedimientos administrativos 19549 y en el Reglamento de Procedimientos Administrativos, decreto 1759/1972 t.o. 1991, siendo, la/s “Empresa/s Solicitante/s” del/de los Proyecto/s, la parte legitimada para interponerlos.



ANEXO II



MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA PARA EMPRESA/S SOLICITANTE/S Y UNIDAD/ES CAPACITADORA/S



(PERSONA/S JURÍDICA/S)



FOLIO _____. PRIMERA COPIA. ESCRITURA NÚMERO______________________



En la Ciudad de ________, a __________ días del mes de ______ del año dos mil once, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece ___________, de nacionalidad ______ (argentina), nacido el ___ de ___ de ______, ________ (estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad número ____________, CUIT ___________, domiciliado legalmente en la calle _______________ de _________, persona capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de _______________ (Representante legal de acuerdo al tipo social que corresponda y/o apoderado con facultades suficientes) de la sociedad que gira bajo la denominación de “___________________”, CUIT ____________, con domicilio en ___________ y sede social en la calle _____________, objeto ____________ (designación del objeto principal únicamente), lo que se justificará más adelante, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder cumplimentar lo establecido por la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, solicitándome que: justifique la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, denominación o razón social, fecha de constitución, datos de su inscripción y modificaciones en el registro público correspondiente, domicilio y sede social, objeto social, acreditar la justificación de la personería de su/s representante/s legal/es con mandato vigente y la fecha en que vence su mandato.



YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que justifique, con la siguiente documentación: a) La constitución de la sociedad y su existencia legal con la escritura de constitución de la sociedad de fecha ____, que pasó ante ________, al folio ______ del Registro Notarial _________ a cargo de _________, la que en su primera copia se inscribió el ________ bajo el número ___________del Libro ___________ de ___________ (y reformas si las hubiera). b) Que según surge de la documentación citada en el punto anterior la sociedad tiene una vigencia de ______________ años contados a partir del ___/___/____ (fecha que comienza a correr el plazo), por lo cual la misma se encuentra vigente. c) Que su Objeto social es: __________ y su domicilio legal es ____________ d) El carácter de representante legal de la misma con ___________ (indicar las actas de asamblea de elección de autoridades y de directorio de distribución de cargo si fuera una S.A. o actas o instrumento correspondiente si fuera otro tipo societario), que se encuentran inscriptas en _________________. De dicha documentación surge que los representantes estatutarios de la sociedad son ________________________ (completar lo que corresponda según el tipo de sociedad), que ejercen su mandato por el término de _________________ contados a partir del día ___/___/___ y hasta el día ____/____/____, por lo cual se encuentra vigente.



La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.



LEÍDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.



_______ Hay un sello. Ante mí: ________- PARA ________expido esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.



(En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la legalización del Colegio de Escribanos correspondiente).



ANEXO III



MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA PARA PERSONAS FÍSICAS Y/O SOCIEDADES DE HECHO



FOLIO Nº ___. PRIMERA COPIA. ESCRITURA NÚMERO ______________________________



En la Ciudad de _____, a ______ días del mes de ________ del ario dos mil once ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece ______, de nacionalidad ________ (argentina), nacido el ___________ de _______ de ________ (estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad número ___________ domiciliado legalmente en la calle _________ de ___________, (en caso de tratarse de una sociedad de hecho indicar nombre de los socios) persona capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de titular de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) ___________, con domicilio fiscal en ______________ en la calle _________, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder cumplimentar lo establecido por la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, solicitándome que: justifique sus datos personales, datos de su inscripción y modificaciones en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, domicilio y actividad principal.



YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que justifique, con la siguiente documentación: a) Del DNI _______ surge que el/los compareciente/s es/son: ______ fecha de nacimiento: ___/__/__ con domicilio real en la calle __________ b) De la constancia de inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS surge que la fecha de inscripción es: __/__/__ , que se encuentra inscripto en _________ (indicar si es monotributo o régimen general indicando en que tributos se encuentra inscripto), que su actividad principal registrada en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS es: _____________ (Si tiene actividades secundarias inscriptas indicar cuáles son __________) y que el domicilio fiscal es ___________.



La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.



LEÍDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.



_______ - Hay un sello. Ante mí: _________ - PARA ______ expido esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.



(En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la legalización del Colegio de Escribanos correspondiente).



ANEXO IV



MODELO DE CERTIFICACIÓN CONTABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS



Señores



Razón Social/Nombre



Domicilio Legal



CUIT



En mi carácter de Contador Público independiente, a solicitud del interesado y para su presentación ante la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, certifico la información detallada en el apartado siguiente.



1. INFORMACIÓN OBJETO DE LA CERTIFICACIÓN



Declaración efectuada por la Sociedad _____________ (indicar Razón Social) con respecto a la inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, la actividad principal de la empresa, las ventas de los últimos TRES (3) ejercicios, su composición del último año, las importaciones realizadas y las relaciones de vinculación y/o control con otras sociedades, y demás información incluida en hoja adjunta en los términos requeridos por la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, firmada por mí al solo efecto de su identificación.



2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA



La emisión de una certificación consiste en constatar determinados hechos y, circunstancias con registros contables y documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los conceptos contenidos en la Declaración señalada en el punto 1 con los comprobantes respaldatorios correspondientes y que detallo a continuación referenciados para cada uno de los puntos indicados en la planilla de datos que se adjunta: (se deberá completar con los comprobantes/registros contables que respalden los puntos de la planilla adjunta),



A)



B)



C)



D)



E)



F)



G)



3. MANIFESTACIÓN



En función de la tarea realizada, certifico que los datos de A) a H) de la Declaración Jurada adjunta surgen de la documentación detallada en el punto 2.



En la Ciudad de ………………, a los ……… días del mes de ………… de 2011.



Dr. xxxxxxxxxxxx



Contador Público (Universidad)



CPCECABA T. xxx F. xxx



ANEXO DECLARACIÓN JURADA SOBRE “BASE DE DATOS DE LA EMPRESA”







Razón Social / Nombre:



CUIT:



Tipo de empresa (SA, SRL, Responsable Inscripto, Monotributista, etc.):



A) Patrimonio Neto (al MM/AA):



Origen:



% Argentino:



% Extranjero



B) Fecha de inicio de actividades:



Código de actividad principal (“AFIP”):



Código de actividad secundaria (“AFIP”):



Describa la actividad principal que desarrolla:



Detalle Bienes y/o Servicios que ofrece:



C): Monto Ventas anuales (sin IVA) - año 2010(1):



Monto Ventas anuales (sin IVA) - año 2009(2):



Monto Ventas anuales (sin IVA) - año 2008(3):



Promedio de las Ventas de los TRES (3) últimos años (sin IVA):



D) Destino de ventas:



% de venta en mercado local (Argentina):



% de venta en mercado extranjero (Exportación):



Indicar si importa bienes para revender:

Indicar SÍ o NO



% de importación con respecto a las ventas totales:



E) Tamaño de la empresa: [Micro - Pequeña o Mediana según R. (SEPYME) 24/2001]:



F) Forma parte de un grupo económico (cfr. art. 33, L. 19550):



Principal actividad económica del grupo:



Ventas del grupo económico:



Año 0:



Año 1:



Año 2:



Promedio de ventas del grupo económico:



G) Cantidad de empleados actuales:



Sumatoria de masa salarial de los últimos DOCE (12) meses anteriores a la presentación del proyecto.

Período: desde ------- hasta --------:

(de acuerdo a la Remuneración Nº 2 del F. 931)

Calcular el 8% de la sumatoria determinada en el renglón anterior



Monto de Crédito Fiscal utilizado en otros organismos durante 2011 (MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL e INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA)



H) ¿Posee deuda impositiva exigible?:

Indicar SÍ o NO



¿Posee deuda previsional exigible?:

Indicar SÍ o NO







Lugar y fecha:



Contador Independiente:



Firma:



Aclaración:



CPCE ----------. T. ... F. ...



Firmado a los efectos de su identificación con la Certificación adjunta de fecha DD/MM/AAAA



(Deberá certificarse la firma del contador por CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS que corresponda).



ANEXO V



MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE LA UNIDAD CAPACITADORA



(PERSONAS JURÍDICAS)



Empresa Solicitante:_____________( completar nombre de la Empresa Solicitante)



Lugar y fecha



Yo, _______ (nombre del titular o representante legal de la Unidad Capacitadora), por la presente manifiesto en carácter de declaración jurada que la Unidad Capacitadora __________ (Nombre de la “UCAP”). CUIT ___ -________- __ que represento en carácter de _________ (consignar el representante legal según tipo social que corresponda y/o apoderado con facultades suficientes) con mandato vigente hasta ___/___/___.



a) Fue constituida en fecha __/__/__, tiene domicilio legal en _______________, tiene como objeto social _____________________ y personería jurídica vigente de acuerdo a número tomo, folio, etcétera, de la Inspección General de Justicia o Personas Jurídicas de la Provincia (datos de inscripción y sus modificaciones en los Registros Públicos correspondientes).



b) Adhiere y cumple con los recaudos establecidos en el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación para el Año 2011 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL que la habilitan a participar en la presente convocatoria de Crédito Fiscal de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.



c) No conforma un Grupo Económico, ni está controlada o vinculada económicamente con la/s Empresas Solicitante/s que la presentaran ni con la/s Beneficiaria/s de la capacitación.



d) No conforma un Grupo Económico, no es controlante o controlada, ni se encuentra. vinculada jurídicamente con otra/s Unidad/es Capacitadora/s que participe/n en el presente llamado.



e) Asimismo, se manifiesta que en ningún proyecto los docentes o capacitadores incluidos por nuestra Unidad Capacitadora, tienen relación de empleo ni ninguna otra forma contractual que contemple la prestación de servicios, locación de obra o realización de trabajos con la/s Empresa/s Solicitante/s.



_________________________________



Firma y Aclaración del Representante Legal



o apoderado de la Unidad Capacitadora



A los efectos de lo establecido en los puntos b) y c) se tomarán los criterios de control y vinculación que prevé el artículo 33 de la ley 19550 de sociedades comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones.



En el caso del punto c), se establece adicionalmente que se considerará que la identidad de directivos o autoridades o socios o partícipes o representantes vincula a las Unidades Capacitadoras entre sí y con las empresas, salvo lo previsto para entidades sin fines de lucro.



(La firma deberá estar certificada por Escribano Público o Juez de Paz).



ANEXO VI



MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE LA UNIDAD CAPACITADORA



(PERSONAS FÍSICAS O SOCIEDADES DE HECHO)



Empresa Solicitante: _____________ (indicar el nombre de la empresa solicitante)



Lugar y fecha



Yo, _______________ (nombre del titular de la Unidad. Capacitadora), por la presente manifiesto en carácter de declaración jurada que la Unidad Capacitadora ____________ (Nombre de los titulares de la explotación unipersonal o sociedad de hecho) CUIT ___-___-___ que represento en carácter de titular.



a) Adhiere y cumple con los recaudos establecidos en el Reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos de capacitación para el año 2011 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL que la habilitan a participar en la presente convocatoria.



b) Asimismo, se manifiesta que el/los titular/es de la/s Unidad/es Capacitadora/s, no tiene/n, relación de empleo ni ninguna otra forma contractual que contemple la prestación de servicios, locación de obra o realización de trabajos con la/s Empresas Solicitante/s Beneficiaria/s de los Proyectos de Capacitación presentados.



____________________



Firma y Aclaración del



Titular de la Unidad Capacitadora



(La firma deberá estar certificada por Escribano Público o Juez de Paz).



ANEXO VII



MODELO DE ACTA ACUERDO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS BAJO LA MODALIDAD I



(PARA MÁS DE UNA EMPRESA SOLICITANTE)



En ___________ (lugar y fecha), entre la Empresa __________ (indicar Razón Social), con sede social en _______ (indicar domicilio legal), representada en este acto por su _________ (indicar el representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con facultades suficientes), Señor, ________________ (nombre y apellido completo y DNI), quien acredita ante el escribano interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante LA SOLICITANTE PRINCIPAL, y entre la Empresa ___________ (indicar Razón Social), con sede social en ____________ (indicar domicilio legal), representada en este acto por su ___________ (indicar el representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con facultades suficientes), Señor, ____________________ (nombre y apellido completo y DNI), quien acredita ante el escribano interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante LA SOLICITANTE ASOCIADA, (tantas veces como Empresas Solicitantes Cedentes Asociadas existan), en adelante LAS SOLICITANTES CEDENTES, acuerdan celebrar la presente acta acuerdo de conformidad a las cláusulas que a continuación se establecen:



PRIMERA - OBJETO



LA SOLICITANTE PRINCIPAL y LA/S SOLICITANTE/S ASOCIADA/S acuerdan la presentación conjunta de un Proyecto de Capacitación a efectos de capacitar al personal de las “MIPYMES” incluidas en el Formulario de Proyecto de Capacitación, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en adelante “LA SPYMEYDR”.



SEGUNDA - ASIGNACIÓN DE CERTIFICADOS DE CRÉDITO FISCAL



LA SOLICITANTE PRINCIPAL presentará a “LA SPYMEYDR” la respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines de recibir el correspondiente Certificado de Crédito Fiscal, de conformidad a lo establecido por el artículo 26 del Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2011.



Asimismo acuerdan que la participación en el Proyecto, de cada una de las empresas, firmantes será la que se detalla a continuación



Empresa a) ________ (porcentaje)



Empresa b) ________ (porcentaje)



Etcétera.



TERCERA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN



Todas las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y forma a LA SOLICITANTE PRINCIPAL toda la información necesaria para la elaboración de las rendiciones de cuentas y el monitoreo del Proyecto, exigibles por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal.



EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman _______________ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.



(Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o por Escribano Público).



ANEXO VIII



MODELO DE ACTA COMPROMISO Y ADHESIÓN AL REGLAMENTO A SUSCRIBIR POR LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS DE LA MODALIDAD 1



En la Ciudad de _____, a ____ días del mes de _________ del año dos mil once, el que suscribe ______________ DNI _________, de nacionalidad ________, ______________ nacido el _____ de ___ de, __________ (estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad número ____________, CUIT ______________, domiciliado legalmente en la calle ___________ de _________, en mi carácter de __________(indicar el representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con facultades suficientes) de la sociedad que gira bajo la denominación de “____________”, CUIT ____________, con domicilio, en ________ y sede social en la calle ____________, cuyo objeto es _________ (designación del objeto principal únicamente), realiza la siguiente Declaración Jurada a los fines de poder cumplimentar lo establecido por el artículo 15, inciso a.2) ii del Anexo I de la resolución ________ de fecha _________ de _______, de 2011 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, aportando la información que se detalla a continuación.



PERSONERÍA



La constitución de la sociedad es de fecha ____________, inscripta en Inspección General de Justicia (IGJ) en fecha _____________ Número de Inscripción ______________.



El Representante Legal o Apoderado es ____________(indicar nombre y apellido), conforme surge del ____________ (indicar las actas de asamblea de elección de autoridades y de distribución de cargo si fuera un SA o actas o instrumento correspondiente si fuera otro tipo societario) con la designación de autoridades vigente de fecha ___/___/___.



Fecha de vencimiento del Mandato del Representante Legal o Apoderado: ___/___/___



(Para el caso de ser persona física deberá completar con los datos según inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS).



MANIFESTACIÓN DE ACEPTACIÓN Y ADHESIÓN AL REGLAMENTO



La empresa ______________ (indicar Razón Social) manifiesta su acuerdo a la realización del Proyecto de Capacitación presentado por la empresa __________ (datos de la Empresa Solicitante Cedente, CUIT), a efectos de capacitar a su personal, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.



Asimismo, se compromete a brindar toda la información necesaria para la elaboración de las rendiciones de cuentas y al monitoreo del Proyecto, exigibles por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal.



Se manifiesta, en carácter de Declaración Jurada, que los datos consignados en este formulario son correctos y completos, sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.



____________________



Firma y Aclaración del Representante Legal o Apoderado



(Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o Escribano Público).



ANEXO IX



MODELO DE ACTA ACUERDO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS BAJO LA MODALIDAD 2



(PARA MÁS DE UNA EMPRESA SOLICITANTE)



En _________ (lugar y fecha), entre la Empresa _______ (Razón Social), con sede social en _________ (indicar domicilio legal), representada en este acto por el Señor, _________ (nombre y apellido completo y DNI) ______________ en su carácter de ___________ (indicar el representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con facultades suficientes), quien acredita ante el escribano interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante LA SOLICITANTE PRINCIPAL, y la Empresa ______________ (Razón Social), con sede social en ___________ (indicar domicilio legal), representada en este acto por el Señor _______________ (nombre y apellido completo y DNI) en su carácter de ____________ (indicar el representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con facultades suficientes), quien acredita ante el escribano interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante LA SOLICITANTE ASOCIADA (tantas veces como Empresas Solicitantes existan), en adelante LAS SOLICITANTES BENEFICIARIAS, acuerdan celebrar la presente acta acuerdo de conformidad a las cláusulas que a continuación se establecen:



PRIMERA - OBJETO



LAS SOLICITANTES BENEFICIARIAS acuerdan la presentación conjunta de un Proyecto de Capacitación a efectos de capacitar al personal de sus empresas, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en adelante “LA SPYMEYDR”.



SEGUNDA - ASIGNACIÓN DE CERTIFICADOS DE CRÉDITO FISCAL



LA SOLICITANTE PRINCIPAL presentará a “LA SPYMEYDR” la respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines de recibir el correspondiente Certificado de Crédito Fiscal, conforme a lo establecido en el artículo 26 del Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2011.



Asimismo acuerdan que la participación en el Proyecto, de cada una de las empresas firmantes será la que se detalla a continuación



Empresa a) ________ (porcentaje)



Empresa b) ________ (porcentaje)



Etcétera.



TERCERA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN



Todas las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y forma a LA SOLICITANTE PRINCIPAL toda la información necesaria para la elaboración de las rendiciones de cuentas y el monitoreo del Proyecto, exigibles por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal.



EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman .... ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.



(Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o por Escribano Público).



ANEXO X



MODELO DE CERTIFICACIÓN CONTABLE PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS



Señores



[Apellido y Nombre o Razón Social de la empresa Solicitante/Beneficiaria]



[CUIT]



[Domicilio real]



[Localidad]



En mi carácter de Contador Público independiente, a solicitud del interesado y para su presentación ante la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, certifico la información detallada en el apartado siguiente.



1. INFORMACIÓN OBJETO DE LA CERTIFICACIÓN



Declaración efectuada por la sociedad sobre los gastos de capacitación y/o de certificación realizada por ____________ (Razón Social) y su correspondiente registración contable llevados en los libros obligatorios; en los términos de la resolución (SPYMEYDR) ___/2011 y en el marco del/los Proyecto/s de Capacitación Nº ___ (indicar los números de IP), por un valor total neto del impuesto al valor agregado de $ ___________ (PESOS ________).



2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA



La emisión de una certificación consiste únicamente en constatar determinados hechos y circunstancias con registros contables y/o documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los comprobantes de respaldo de la Declaración indicada en 1 con los registros contables, según se detalla a continuación:

Tipo comprobante

Número de comprobante

Proveedor

$ neto de IVA (1)

$ IVA (2)

Total (1)+(2)



Factura A-B-C 000X-000000X

Recibo C- X 000X-000000X

TOTAL
Las Facturas descriptas totalizan un importe (neto del impuesto al valor agregado) de $ _________ (PESOS) _____________.

Describir la forma de cancelación de las facturas. En el caso de Facturas A, debe incluirse el recibo que compruebe la cancelación.

3. MANIFESTACIÓN PROFESIONAL
Sobre la base de las tareas descriptas, certifico:
a) Que las facturas, recibos y todos los comprobantes citados en los cuadros precedentes y detalladas en el Anexo I, corresponden a servicios efectivamente recibidos en el marco de el/los Proyecto/s Nº ____/2011. (indicar los números de proyectos).

b) Que los servicios correspondientes se encuentran totalmente cancelados y que el pago respectivo se efectuó por _____________ (indicar el medio de pago que corresponda ej. efectivo, depósito, cheque o transferencia bancaria), de acuerdo a lo estipulado por las normas.

c) Que las retenciones de impuestos nacionales y locales se han realizado y depositado en los organismos recaudadores respectivos de acuerdo a lo estipulado por las normas pertinentes. (Incluir sólo en el caso de corresponder).
d) Que la documentación respaldatoria de las operaciones (facturas, recibos, y todo comprobante respaldatorio) son válidos en los términos de la normativa aplicable vigente.

e) Que los comprobantes detallados en los cuadros precedentes se encuentran registrados en el Libro (indicar nombre del Libro ej. Ventas), rubricado bajo el número ________ y registrados con fecha _______/2011, a folios ________________ (Completar según corresponda).

Lugar y Fecha
Dr. xxxxxxxxxxxxxx
Contador Público (Universidad)
CPCECABA T. … F. …
(Deberá certificarse la firma del contador por CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS que corresponda).
[*:] La numeración corresponde a la publicación oficial