jueves, 21 de octubre de 2010

La AFIP requiere nuevos datos para registrar empleados

Desde el Departamento Técnico Legal de Arizmendi explican las nuevas obligaciones que deben ser cumplidas por los empleadores a partir de este mes


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) requiere nuevos datos para registrar trabajadores a partir de este mes.




Desde el Estudio Arizmendi explicaron que en el momento del alta de un empleado se deberá consignar el convenio colectivo de trabajo en el que corresponda encuadrar al nuevo trabajador. Si el empleado no se hallara encuadrado en ningún convenio colectivo, deberá seleccionar la opción "excluido de convenio".

Mayores datos

Cada convenio colectivo tiene discriminadas tareas o escalafones conforme la labor que vaya a desempeñar el nuevo empleado. Según el convenio que se haya elegido, el sistema "Mi Simplificación" mostrará las diferentes categorías relevadas. También se podrá tipear parte de la descripción y la aplicación mostrará las que sean similares a lo solicitado, para que posteriormente se seleccione la deseada.



Si el convenio seleccionado no tuviera discriminadas las categorías, el sistema "Mi Simplificación" mostrará la leyenda “Sin categorías asignadas”, siendo esta la única posibilidad de selección.



Si bien el dato o campo no es nuevo, el sistema "Mi Simplificación", sugerirá un puesto de la tabla de "Puesto Desempeñado" aportada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), en función del convenio y categoría indicados.



En caso de no considerarse adecuado, se podrá modificar el mismo, seleccionando cualquiera de la tabla.



Si la combinación convenio, categoría no tuviera un puesto determinado a sugerir, el sistema "Mi Simplificación" mostrará el código “9999 – seleccione puesto”, a fin de que ingrese alguno de la tabla. No se podrá continuar con el alta hasta que haya seleccionado alguno.



El campo "Grupo - Tipo Servicios" determina si se trata de tareas continuas o discontinuas e identifica si se trata de servicios comunes o diferenciados, debiendo seleccionar para estos últimos el código que corresponda, conforme la tabla provista por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Ambos ítems se incorporan en esta versión de "Mi Simplificación" como respuesta a una solicitud de la ANSES.

De este modo, se hace posible que este organismo cuente con información precisa sobre las tareas desarrolladas por el empleado, cuando las mismas cuenten con regímenes previsionales diferenciales, datos que son usados por el sistema “Mi Certificación” para la emisión de la certificación de servicios previsional.



Asimismo se establece un nuevo campo que permite informar la boca de pago para el cobro de asignaciones familiares. En el caso en que el trabajador no contara con una cuenta bancaria, la ANSES ha habilitado otros lugares de pago para las asignaciones familiares. Se podrán seleccionar entre los existentes en la tabla que fuera provista por el mencionado organismo.

El dato “CBU de la Cuenta Sueldos” no es de cobertura obligatoria, en tanto la empresa no se encuentre comprendida en el SUAF y el trabajador perciba sus asignaciones familiares por pago directo de la ANSES.