lunes, 20 de diciembre de 2010

RESOLUCIÓN GENERAL (Com. Arbitral Convenio Multilateral) 10/2010

VISTO y CONSIDERANDO:
Que algunas jurisdicciones adheridas han dispuesto la suspensión de los plazos procesales durante el mes de enero de 2011;
Que, con la finalidad de promover la armonización de la normativa procedimental en tal aspecto, resulta conveniente adoptar una decisión en el mismo sentido;
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18/8/1977)
RESUELVE:
Art. 1 - Suspéndense durante el mes de enero de 2011 los plazos procesales en todas las actuaciones ante los Organismos del Convenio Multilateral del 18/8/1977.
Art. 2 - De forma.