Se incrementa el monto vigente del "Subsidio de Contención Familiar" de $ 1.000 a $ 1.800, a partir del 1 de mayo de 2010.
Recordamos que el citado subsidio fue creado por el decreto 599/2006 y garantiza a los derechohabientes y deudos del beneficiario, la libertad de elegir la modalidad de sepelio o la distribución de los gastos que el fallecimiento del causante origine.
VISTO:
El expediente 024-99-81215694-9-796 del
Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS),
organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los decretos 599 de fecha 15 de mayo de 2006
y 1436 de fecha 12 de octubre de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que el decreto 599 de fecha 15 de mayo de
2006 instituyó a partir del 1 de mayo de 2006, el “Subsidio de
Contención Familiar” por fallecimiento de beneficiarios del Régimen
Nacional de Previsión instituido según las disposiciones de las leyes
18037 y 18038, de las Cajas Provinciales de Previsión transferidas al
ámbito Nacional, excepto las correspondientes a las Policías y al
Servicio Penitenciario de las respectivas provincias, del ex Sistema
Integrado de Jubilaciones y Pensiones -actual Sistema Integrado
Previsional Argentino (SIPA)- (L. 24241 y sus modif.) que perciban
prestaciones cuyo haber se encuentre compuesto en todo o en parte con
fondos provenientes del Régimen Previsional Público, de las pensiones
honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, de los
familiares a cargo de los beneficiarios citados precedentemente que se
encuentren afiliados al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA
JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP) y de otros afiliados al mencionado
Instituto que cumplimenten los requisitos de acuerdo a lo normado en
los artículos 7 y 8 del citado decreto 599/2006.
Que mediante el artículo 2 del citado
decreto se dispuso que la prestación instituida consistirá en el pago
de la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000).
Que ante el tiempo transcurrido desde la
vigencia del mencionado decreto -1 de mayo de 2006- a la fecha, dicha
suma ha quedado desactualizada con relación a los gastos que ocasiona
el fallecimiento de un beneficiario previsional, resultando necesario
incrementar el monto actual para la percepción del Subsidio de
Contención Familiar.
Que el decreto 1436 de fecha 12 de octubre
de 2006 extendió y otorgó preferencia a los terceros que denunciaren el
fallecimiento del beneficiario y acreditaren haber sufragado los gastos
del sepelio, con la presentación de la factura extendida a su nombre
por la empresa funeraria que realizó el servicio, para el pago del
subsidio instituido por el decreto 599/2006.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1), de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Art. 1
- Sustitúyese el artículo 2 del decreto 599 de fecha 15 de mayo de 2006
por el siguiente: “La prestación instituida en el artículo que antecede
consistirá en el pago de la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800)”.
Art. 2 - A los fines de lo dispuesto en el artículo 1, la vigencia de este incremento rige a partir del 1º de mayo de 2010.
Art. 3 - De forma.