Lo decidió la Unidad de Información Financiera (UIF), un
organismo que previene e investiga el lavado de dinero. Abarca tanto a
las operaciones realizadas por particulares como empresas.
a disposición se publicó ayer en el Boletín Oficial
con el número 118/2010, y en la declaración jurada
deberá constar el origen y la legalidad de los fondos
utilizados para comprar el automóvil, cuyo valor debe superar
los $50.000.
Además, se informó que la declaración jurada podrá requerirse
en forma trimestral, cada vez que se realice una operación de
este tipo. La UIF pretende restringir el lavado de dinero y el
financiamiento de actividades terroristas.
De acuerdo con la resolución, que alcanza tanto a personas
físicas como empresas, “en los casos de que los clientes sean
entidades financieras, comerciantes habitualistas de bienes nuevos,
empresas dedicadas al otorgamiento de leasing, o sociedades de ahorro
previo, y por cuanto éstos realizan múltiples operaciones con cada uno
de los sujetos obligados, éstos últimos podrán optar por conformar un
legajo personal único por cada cliente, que contenga los requisitos
exigidos”.