jueves, 24 de febrero de 2011

ARBA modificó los pasos para reducir la presión fiscal en Ingresos Brutos

El fisco bonaerense reformuló los requisitos y el procedimiento a cumplir para solicitar la reducción parcial o total de los pagos a cuenta soportados en el impuesto. Sólo pueden acceder al beneficio las empresas y particulares que arrastren saldo a favor en el tributo


Con la intención de brindar una solución a un problema que los contribuyentes bonaerenses soportan desde hace años, la Agencia de Recaudación provincial (ARBA) reformuló las pautas a seguir para que las empresas y particulares disminuyan la carga fiscal en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que soportan mes a mes.




En efecto, el fisco bonaerense modificó los requisitos y el procedimiento a cumplir para solicitar la reducción parcial o total de los pagos a cuenta del tributo. Para acceder al instructivo publicado por ARBA, que explica las nuevas pautas, haga clic aquí.



"Apuntamos a agilizar los regímenes de percepción y retención vigentes", aseguró oportunamente Di Bella a este medio.



"Las nuevas pautas simplifican -entre otros aspectos- el acceso, la salida y las presentaciones previstas en cada régimen", agregó el titular de ARBA.



Asimismo, Di Bella afirmó que "la reformulación de los regímenes es fruto de las reuniones que mantuvimos con asociaciones comerciales, empresariales y Consejos Profesionales".



De esta manera, se trata de eliminar -o al menos atenuar- un problema que golpea duramente sobre las finanzas de los contribuyentes bonaerenses.



Desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) y el Consejo Profesional porteño (Cpcecaba) dicho problema fue advertido en múltiples oportunidades: "Los sistemas de retenciones y percepciones deben permitir la inmediata exclusión de tales regímenes a quienes la soliciten".



"La constante demora en el otorgamiento de las exclusiones puede ocasionar graves trastornos económicos, comerciales y financieros a los contribuyentes, afectándose con ello no sólo el normal funcionamiento de sus cobros y pagos, sino también su relación con los profesionales que los asisten", explicaron a este medio en la Facpce y el Cpcecaba.



Cómo son los nuevos pasos a seguir

En primer término, la reglamentación vigente, que explica el instructivo de ARBA, deja en claro que sólo podrán acceder al beneficio "los contribuyentes de Ingresos Brutos que acrediten la generación de saldos a su favor".



Tales empresas o particulares podrán pedir:



La reducción total o parcial de las alícuotas de percepción y retención, de cualquiera de los regímenes de recaudación, cuando la sumatoria de la diferencia entre los importes retenidos y el impuesto declarado por el contribuyente, en los tres meses vencidos al anterior a la solicitud, supere en dos veces al promedio mensual del tributo declarado en dicho período.

Atenuación de las alícuotas de percepción o retención, cuando se generen saldos a favor, pero la sumatoria prevista en el punto anterior no supere en dos veces al promedio mensual del impuesto declarado, pero exista preeminencia de deducciones generadas por los citados regímenes generales.

Para obtener el alivio, deberán reunir los siguientes requisitos:



Haber presentado las declaraciones juradas de Ingresos Brutos correspondientes a los 12 meses anteriores a la fecha en la que se presente la solicitud.

Que del análisis conjunto de las liquidaciones presentadas y de las retenciones y/o percepciones sufridas en el período comprendido por los tres meses vencidos al anterior de la solicitud, surja que tiene saldo a favor.

Una vez reunidos los requisitos, el trámite se gestionará a través de la página web de ARBA.



A tal fin, la empresa o el particular afectado por los múltiples pagos a cuenta deberá transmitir, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos:



Nombre y apellido o razón social.

Motivo por el cual se solicita la reducción de las alícuotas.

Casilla de correo electrónico.

De corresponder, ARBA reducirá las alícuotas de recaudación de manera tal que el monto de los pagos a cuenta no exceda el promedio mensual de impuesto declarado por el contribuyente, en el período evaluado.



Lo resuelto por el fisco bonaerense podrá ser consultado por el responsable en Ingresos Brutos en el sitio web de ARBA luego de transcurridos 21 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.



Multa y clausura

Por otra parte, ARBA ya tiene todo listo para avanzar sobre los comerciantes que no emitan facturas.



De acuerdo al nuevo marco reglamentario vigente, ante la falta de emisión de comprobantes, los agentes del fisco bonaerense podrán, de manera simultánea, clausurar el establecimiento por 10 días y, además, aplicar una multa de hasta 30.000 pesos.



Más precisamente, el Código Fiscal bonaerense 2011 apunta hacia quienes:



No emiten facturas o comprobantes de sus ventas, locaciones o prestaciones de servicios; o no conservan sus duplicados o constancias de emisión.

Tengan bienes o mercaderías sobre cuya adquisición no aporten facturas o comprobantes emitidos.

No lleven anotaciones o registraciones de sus adquisiciones de bienes o servicios o de sus ventas, locaciones o prestaciones.

Hayan recurrido a entes o personas jurídicas para evadir gravámenes.

No mantengan en condiciones de operatividad los soportes magnéticos que contengan datos vinculados con la materia imponible, por el término de 5 años.

No exhiban, dentro de los 5 días de solicitados, los comprobantes de pago que les sean requeridos.

Se hallen en posesión de bienes o mercaderías respecto de las cuales no posean, en el mismo lugar en que estos se encuentran, la documentación requerida.

Usen comprobantes o documentos que no reúnan los requisitos exigidos.

No posean el certificado de domicilio correspondiente.

No se encuentren inscriptos como contribuyente o responsables teniendo la obligación de hacerlo.

No exhiban el comprobante de pago del último anticipo vencido del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

De esta manera, el organismo a cargo de Martín Di Bella apunta a reforzar la caja y a combatir la evasión en Ingresos Brutos.